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Si se deja el piso en tiempo y forma y sin desperfectos, no se debe "dejar" ni la fianza (la devolverían) ni ninguna otra mensualidad.
Si se deja el piso en un momento distinto al vencimiento del contrato o de la prórroga en vigor, y el arrendador acepta el fin del contrato anticipado, deberán fijar como indemnización la cantidada que pacten, o acudir al juzgado, donde el incumplidor será condenado en costas.
Saludos - Papeleos Alquiler.
La fianza solo sirve para cubrir los desperfectos, no para otros menesteres.
Al término del arriendo es inexcusable que se firme un finiquito de contrato y entrega de llaves, en cuyo documento se harán constar, si procede, los desperfectos o deterioros imputables al inquilino que haya sufrido la vivienda, así como las deudas pendientes por alquileres o consumos, que servirán de base para su descuento de la fianza. De estos datos se extraerá la posibilidad o no de reclamar la totalidad de la fianza con intereses de demora.
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