hola, en el contrato de alquiler se firmó que debíamos avisar con un mes de antelación. hoy día 3 de julio queremos dar el aviso al propietario. estamos dentro del plazo o el propietario puede obligarme a pagarle también el mes de AGosto. este mes de julio aún no lo ha cobrado en el banco y el 1 de julio fue fin de semana. la ley me ampara o debe asumir que agosto debo pagarlo también. gracias
Preguntado por:
SAUL
Hace 7 años
Categoría: Dejar piso en alquiler
Respuestas (5)
Amparo BB ha sido el primero en contestar Amparo BB ha sido elegida Mejor Respuesta
Piscis tres
casero/a
Hola Amparo, me consta que lo sabías, en tus diversas intervenciones sobre el tema, has menciona muchas veces la fecha correcta del 06-06-13, todos podemos tener un despiste, el motivo de la corrección ha sido no inducir a error a la parte consultante y a lectores desconocedores de la Ley 4/13
Corrijo la fecha indicada por Amparo BB ya que es a partir del 6 de Junio de 2013 cuando se puede desistir del contrato con efectos de los seis meses de arrendamiento.
Buenos días, no se muy bien el motivo por el que Amparo habla de 1 de junio de 2012, entiendo que lo que quiere decir es que si el contrato es de fecha 6 de junio de 2013 o posterior, se le aplica la modificación producida por la ley 4/2013. Partiendo de este supuesto, usted debe preavisar con 30 días de antelación, 30 días naturales, por lo que si esta a 3 de julio bastará con esperar ese plazo para poder abandonar la vivienda. Un saludo!
Si se trata de un alquiler firmado con posterioridad al 1 de junio de 2012 y han pasado más de 6 meses desde que firmó, usted ya puede desistir avisando con 30 días de antelación. Sin perjuicio de que se pactara indemnización por desistimiento anticipado en el contrato. En cuyo caso a de atenerse a ella.
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