Actualmente no se publican nuevas preguntas y respuestas en La Comunidad, que queda accesible únicamente como página de consulta.
Texto literal clausula de mi contrato:
"el presente contrato tendrá una duracion de un año,de todas formas, ambas partes conocen la obligacion por parte del arrendador de prorrogar su vigencia hasta un minimo de cinco años desde esta fecha. "
me gustaria que me asesoraran si el casero puede extinguirlo al año?
tengo derecho a decidir como inquilino si sigo en el piso?
y si de ser asi; con cuanto tiempo de antelacion debe de avisarme y en que forma. (verbal,con documentacion legal).
estaria muy agradecido, poder obtener la informacion deseada.
un saludo.
Hola rhj:
en el siguiente enlace encontrará ampliada la respuesta del sr Paolo.
http://blog.enalquiler.com/2011/guias-alquiler-pisos/contrato-alquiler-piso/
Reciba un cordial saludo
despacho Armando García Fernández.
Email:: armandogarcia@ical.es
A ver,
el casero solo puede echar al inquilino al cumplir los 5 años; no antes.
debe avisarle de la no-renovación tras los 5 años, con 30 dias de antelación.
como inquilino, si te quieres ir, debes avisarle con 30 dias antes del aniversario del contrato; vamos que solo te puedes ir una vez al año; y debes avisarle con un mes.
para el aviso, hazlo siempre por burofax, con acuse de recibo y certificación de textos; se hace desde correos y vale unos 20 euros.
pablo.