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Mi contrato de alquiler es de cinco años y en él pone que si al cumplir el primer año me quiero ir tengo que avisar con dos meses de antelación pero que me penalizan con abonar una mensualidad por año que me quede por cumplir y no estoy segura de que eso sea legal. Agradecería me ayudárais.
Gracias
Lee atentamente el contrato, no vaya a ser que sea anual prorrogable a 5, porque si es anual prorroglable, te puedes ir sin penalización ninguna y avisando 30 días antes.
Si realmente firmaste 5 años, entonces deberás cumplir esa clausula que para eso la aceptaste.
Eso si, la fianza no la pierdes, la fianza es para desperfectos y facturas sin pagar. Sólo debes pagar lo pactado por incumplimiento, ni un euro más.
Los contratos se firman para cumplirlos.
La cláusula de desistimiento que han firmado no es en principio ILEGAL debido a la libertad de pactos.
(Código civil - Art. 1255
Los contratantes pueden establecer los pactos, cláusulas y condiciones que tengan por conveniente, siempre que no sean contrarios a las leyes, a la moral, ni al orden público.
Otra cosa es que ese pacto contraviniera una ley de mayor rango, como es la LAU, pero no es el caso.
Entonces es legal siempre que un juez no diga lo contrario.
¿Qué pensaría si fuera usted el que quiere quedarse y su casero pretendiera "echarle"?
¿No habría venido aquí a preguntar a qué indemnización tiene derecho?
Pues tiene derecho (y obligación) a estar los cinco años que pactó. (Si es que realmente pactó 5 años u no 1 prorrogable a 5, en cuyo caso la cosa cambiaría radicalmente)
Saludos - Papeleos Alquiler