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Buenos días,
Quiero rescindir el contrato de alquiler y no sé si comunicárselo al arrendador, si mediante mail, carta certificada o burofax. ¿Cómo debo de hacerlo? ¿Es todo igual de válido?
Para rescindir un contrato debe existir un motivo de rescisión conforme señala el art. 1290 y siguientes del Código Civil.
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Para rescindir el contrato debes de avisar con 30 días de antelación. Te recomiendo que lo hagas mediante burofax.
De todos modos mírate el contrato de arrendamiento que firmaste. En muchos casos te obliga a estar un mínimo de tiempo en el piso, en el caso que decidas rescindir antes de este tiempo mínimo tienes la obligación a abonar el importe de los meses restantes.
Un saludo,
David Guerra
Abogado de Barcelona
dguerra@icab.cat - telf. 618734472
Si lo que quieres es no prorrogarlo, deberás avisarle con 30dias de antelación al vencimiento del contrato de tu intención de no prorrogar el contrato, y deberá quedar constancia de este comunicado, bien porque te firme un documentito, o bien mediante burro fax con certificacióncede texto.
Si tu intención es rescindirlo fuera de plazo, deberás llegar a un acuerdo con el arrendador para poder hacerlo, y lo normal que a parte de la perdida de fianza, te pida una indemnización por incumplimiento.
Oscar
Una cosa es rescindir, que no podrás hacerlo y otra es comunicar el deseo de no renovarlo, para lo que debes notificar de forma fehaciente con una antelacion de 30 días a la fecha de finalizacion del contrato o de cualquiera de sus prorrogas.
Pedro Martinez
Abogado