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Andreina

inquilino/a

¿Es legal que el arrendador me imponga un contrato de alquiler de 5 años y una penalización de un mes por año no cumplido?
El arrendatario me dice que tengo obligatoriamente que estar por lo menos 5 años en alquiler. Si no cumplo estos 5 años me cobrará 1 mes por año no cumplido. ¿Esto es legal?
  • Preguntado por: Andreina
  • Hace 15 años
  • Categoría: Dejar piso en alquiler
Respuestas (3)
manuel josé ha sido el primero en contestar
  • eduardo cid

    profesional

    Mi querida Andreina: Nadie puede obligarte a aceptar 5 años. Te lo proponen por cinco años, porque es el supuesto en el que la Ley permite establecer esa penalización de una renta por cada año que dejes de cumplir. La Ley no te obliga a estar 5 años. Puedes pactar un contrato de un año. Lo que la Ley obliga es a que el arrendador no pueda decirte que el contrato se acaba antes de cumplidos 5 años de contrato, si tú así lo deseas. En otras palabras, con independencia del tiempo pactado en contrato (1 año, 2 años, etc...) si tú quieres, te quedas 5 años y el propietario no puede echarte. Si tienes un contrato de 1 año (en vez de cinco), puedes dejar el contrato al año, o al segundo año, o al tercero, etc. sin penalizaciones. Si pactas 5 años, tienes que quedarte los cinco años y si quieres irte antes, debes pagar esa penalización de una mensualidad por cada año dejado de cumplir. Tu arrendador es un listillo. Dile que quieres un contrato de 1 año.
  • Amparo BB

    Amparo BB

    profesional

    No tienes por qué firmar por 5 años.
    Firma sólo por 1.
    Eso te da derecho a 4 prórrogas (si las deseas) hasta que el contrato cumpla 5 años, pero no te obliga a quedarte todo ese tiempo. Cada vez que el contrato cumpla años podrás irte sin ninguna penalización.
    Si tu casero exige que firmes por 5 años, y a tí no te interesa, no alquiles ese piso. Ahora hay mucho donde elegir.
  • manuel josé

    casero/a

    No se trata de si es legal o no. Es la voluntad de las partes. Para ti es mejor hacer un contrato por un año que se prorroga automáticamente ( sin hacer nada) hasta los 5 años. El arrendador no puede echarte antes de los 5 años y tú puedes rescindir el contrato comunicando por burofax con acuse de recibo preavisando 30 días antes de la finalización de cada anualidad o prórroga. Saludos,
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