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Luis

inquilino/a

Cláusula aplicable o nula? (Compromiso de un año de renta)
Quiero dejar la vivienda a los 10 meses de alquiler debido a una serie de razones. 
El contrato está regulado por la LAU 4/2013.
En la cláusula donde se establece el periodo de un año de contrato, aparece lo siguiente "la parte arrendataria se compromete al pago de un año de renta en cualquiera de los casos".
Tal y como recoge la Ley, el arrendatario puede desistir del contrato a los 6 meses con un aviso de al menos 30 días, siendo la indemnización de una mensualidad por año restante, siempre y cuando aparezca reflejada en el contrato.
Mi duda es... Puede reclamarme el casero dos meses de renta restantes? O a lo sumo 2/12 partes de la mensualidad? No hay ningún apartado donde se estipule una indemnización salvo este, tal vez no tenga que indemnizarle de ninguna manera.
En el contrato vienen reflejados dos meses de aviso, supongo que esto también es nulo, verdad?
Muchísimas gracias.
  • Preguntado por: Luis
  • Hace 9 años
  • Categoría: Dejar piso en alquiler
Respuestas (1)
Pelayo de Salvador ha sido el primero en contestar
  • Pelayo de Salvador

    Pelayo de Salvador

    profesional

    Efectivamente, todas las cuestiones que plantea pueden ser consideradas nulas de pleno derecho.
    No obstante, si el arrendador no aprecia esa nulidad, no le quedará más remedio que acudir a un tribunal para que estime su pretensión.
    Por ello, es aconsejable revisar con un abogado especializado los contratos de arrendamiento antes de firmarlos, para evitar problemas de este tipo.
    Un saludo,
    www.desalvador.es
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