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alejandrita

inquilino/a

¿Qué puedo hacer si la vivienda en la que vivo tiene humedad ?

hola mira he llegado al piso en el que vivo actualmente en junio el cual firmamos un contrato por 1 año  pero cando empezo a pasar el tiempo empezo a salir la humedad en las habitaciones en la parte del techo y en las paredes, tanto asi que luego aparecieron chinches, me da miedo por los niños tengo 3 los cuales dos de ellos son de 1 y 2 años hemos hablado con ella bastantes veces para que nos de una solucion pero ella no hace nada tanto asi que lo unico que quiero es irme de la casa que puedo hacer tendre problemas en cuanto al inclumplimiento de contrato, ademas ella no nos devolvera el mes de fianza pero que podemos hacer por favor nesecito asesoria muchas gracias

  • Preguntado por: alejandrita
  • Hace 15 años
  • Categoría: Dejar piso en alquiler
Respuestas (2)
Muelles ha sido el primero en contestar
  • manuel josé

    casero/a

    Los posibles desperfectos del INICIO DEL CONTRATO NO COMUNICADOS POR BUROFAX CON ACUSE DE RECIBO  los tiene que  REPARAR PARA DEJAR EL PISO COMO LO RECIBIÓ ( BIEN S/ ART. 61 del C. Civil ) O  SE ME DEDUCIRÍAN  A FINAL DE CONTRATO , como responsable, a menos que pruebe lo contrario ( Art. 62 y 63 del C. Civil )  DE LA FIANZA.
    Sería  muy conveniente para el arrendatario que figurara en el contrato una cláusula de carencia.
    Se cumple el Apdo. 21.1 de comunicación de reparaciones necesarias para conservar  la vivienda habitable ( Art. 1554/2  C. Civil) por lo que deberá facilitar al arrendador y técnico designado por éste la verificación de la vivienda estando arrendatario obligado a soportarlo y si la obra durase MAS DE  VEINTE DIAS habrá de disminuirse la renta PROPORCIONALMENTE a la parte de vivienda de la que se vea privado. EN TODO MOMENTO mediante  PREVIA COMUNICACIÓN AL ARRENDADOR POR BUROFAX CON ACUSE DE RECIBO  PODRÁ  REALIZAR LAS MÁS URGENTES para evitar una incomodidad grave y exigir importe o deducirlo de renta del alquiler.


    Según Ar. 26 y tras la comunicación al arrendador ( Art. 21.1 )en un determinado PLAZO  SIN CONTESTACIÓN POR SU PARTE, el arrendatario PUEDE SUSPENDER O DESISTIR DEL CONTRATO SIN INDEMNIZACIÓN. Si no estuviera conforme el arrendador, se presentará  demanda judicial. (COMUNICANDO POR BUROFAX  CON ACUSE DE RECIBO LA REPARACIÓN FIGURANDO COSTE E INFORME  TÉCNICO ).
    Saludos,

  • Muelles

    casero/a

    Debe comunicarle a la arrendadora de forma fehaciente (burofax) las deficiencias que observa en la vivienda y requerir su arreglo en el plazo que estime oportuno, indicándole que de no obtener respuesta demandará ante el juzgado la resolución del contrato en base al artículo 27.3 de la Ley de Arrendamientos Urbanos. Si la propietaria no accede a sus peticiones, no tendrá más remedio que buscar un abogado e interponer la mencionada demanda.

    Si usted desiste anticipada y unilateralmente del arrendamiento podría ser demandada por la propietaria por incumplimiento de contrato, lo cual podría salirle bastante más caro que un mes de fianza. Por tanto, intente primero enviar el burofax y si no accede a solventar las humedades, negocie con ella una resolución del contrato de mutuo acuerdo, a cambio de no demandar ninguna de las partes, pues acabaría saliendo más caro a todos. 

    • Respondido por: Muelles
    • Hace 15 años
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