Llevo año y medio en un piso y quiero dejarlo, no he vuelto a firmar nada desde el contrato, ¿me devolverán la fianza?
No he vuelto a firmar nada desde q hice el contrato, el dueño dice q estoy en la obligación de pagar hasta el mes de julio q es cuando se actualiza el contrato, ¿es cierto eso? o con cuánto tiempo de antelación debo avisar q dejaré el piso y si es posible recuperar la fianza q di de 3 meses. El contrato es de año prorrogable a 5 años. gracias
Si decides comunicar rescisión de contrato, por burofax con acuse de recibo, 30 dias antes de finalización cada anualidad o prórroga, el último día debeis reuniros ambos para firmar documento final de contrato figurando desperfectos, averías, consumos pendientes,...con copia para ambos- Antes de un mes después el arrendador devolverá el importe de fianza y garantía, deduciendo el importe de desperfectos,averias,consumos pendientes, previa presentación de facturas. Saludos,
Cuando llega el vencimiento del contrato (o "cumpleaños"), si tú no dices nada, el contrato se renueva automáticamente por plazos anuales hasta los cinco años. No hace falta firmar nada más.
Sólo tendrás que firmar algo en el caso de que te quieras ir: deberás comunicarlo por escrito con la antelación que te indica el contrato (normalmente es 30 días antes, pero del vencimiento; no cuando tu quieras).
El contrato obliga a las dos partes. Es decir, el casero se compromete a dejarte el piso durante ese tiempo en condiciones habitables y tú te comprometes a pagarle por el alquiler y a estar por ese tiempo. Es decir, un año más.
Si te vas a la mitad del contrato estás incumpliendo lo acordado y el casero te puede exigir que pagues las mensualidades hasta el vencimiento (estés o no en el piso) o hasta que encontréis un inquilino que te sustituya (el casero no perdería dinero, por lo que no te lo podría reclamar).
Si te vas antes del vencimiento y vais a juicio, no sólo tendrás que pagar las mensualidades que quedan hasta el vencimiento, sino también los costes de los juicios (abogados, procuradores, etc, de las dos partes), que es lo más caro.
Por lo que, sí, es cierto lo que te ha dicho. Y te recomiendo que si quieres irte antes de que termine tu contrato, antes de ir a juicio, intentes negociar con tu casero, porque no tienes derecho a hacer eso.
Si te pone problemas te puedes ofrecer a buscarle un inquilino (de su agrado), para que te sustituya. Si le evitas esos trámites tan engorrosos seguramente te lo agradecerá y no te ponga tantos problemas.
Sí. Es cierto. El contrato sólo puede resolverse en su cumpleaños. Y sólo por tí del primero al cuarto cumpleaños. En el quinto cualquiera de las partes podríais resolverlo. En medio de una anualidad ninguno puede resolverlo. A riesgo de que el otro le demande. La jurisprudencia mayoritaria, condena al inquilino que dejó el alquiler a mitad de la anualidad a seguir pagando bien hasta cumplir la anualidad, bien hasta encontrar otro inquilino que ocupe su lugar. Además, el inquilino que incumple suele ser condenado en costas (abogados y procuradores de ambas partes) Lo mejor es que hables con el casero y colabores con él en buscar un inquilino de su agrado. Una vez que un inquilino viva en el piso, ya no podrá reclamarte nada porque no hay perjuicio al no estar el piso vacío ningún mes.
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