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Buenas noches,
En febrero de 2008 alquilamos un piso, al firmar el contrato, dimos un mes para el INCASOL (fianza obligatoria) y 3.000 euros en concepto de aval en efectivo por si al irnos hubiese desperfectos para arreglar. Al comunicar nuestra intencion de irnos del piso (vimos uno mas grande y mas barato). Al entregar la carta a la administradora de la SL que nos habia alquilado el piso, nos indicó que no podia devolvernos los 3.000 eu por haber presentado concurso de acreedores en marzo. No sabiamos nada al respecto. Mi pregunta es, tendríamos que haber sido avisados o notificados de la presentación del concurso como posibles acreedores?
Pues paciencia. Su abogado les solucionará el tema, pero tardara lo suyo.
En este caso han elegido la mejor opción que podían, que era contratar a un profesional
En el contrato nos indicaban que teníamos que dar un preaviso de un mes. En si, nos tenían que devolver la fianza (un mes) y los 3.000 eur. El mes de fianza ha cubierto el mes en cuestión,
Ya, nos hemos avanzado y contratado un abogado.
Pero, al revisar los bienes de la SL. Hemos visto que el piso que nos tenían alquilado con el nombre de Procodemer, sl, no consta en los bienes de la SL... Un jaleo, vaya.
Muchas gracias por sus respuestas.
PD: al dejar el piso dimos entrada para otro (tb de alquiler) por lo que no podemos gastar los 3.000 eu en mensualidades....
Hola beblue:
coincido con la respuesta del sr Crazyh.
Reciba un cordial saludo
Despacho Armando García Fernández.
Email:: armandogarcia@ical.es
Pacten con la administradora el pago de las rentas restantes con el aval, o tendrán que interponer una demanda reclamando el importe adeudado
Porque no estan sin pagar los meses que compense el aval?
no es muy correcto, pero dada la situación ceo que es lo mejor que pueden hacer.
pablo.