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Alba Hermida

inquilino/a

Abandonar un piso. Un año después de la entrada con contrato por año y medio

Hola. Hace un año, exactamente el 1 de diciembre, firmé un contrato de alquiler en el que se especifica que el alquiler es para un año y medio. (hasta Junio del año que viene)  Ahora quiero dejarlo para el 1 de diciembre de este año (es decir, justo un año después)

El propietario me dice que no me quiere devolver la fianza porque no estoy cumpliendo el tiempo estipulado. En el contrato solo pone un punto que dice que la duración total será hasta el 31 de junio, pero no se dice nada de algún tipo de amonestación por irme. Cabe decir que le he avisado con 1 mes y medio de antelación y que la fianza es de dos meses.

Muchas gracias.

  • Preguntado por: Alba Hermida
  • Hace 12 años
  • Categoría: Dejar piso en alquiler
Respuestas (3)
Oscar Aparisi ha sido el primero en contestar
  • Crazyh

    Crazyh

    profesional

    " La cosa es que firmamos esa fecha porque el propietario no podia tener el piso en alquiler por dos años"

    Si es vuestra vivienda habitual, por mucho que ponga que el contrato es de año y medio, teneis derecho a permanecer hasta cinco años. La duración inicial pactada no tiene porqué ser de un año, puede ser de 5 meses, de año y medio, de 5 años, de 10 años, o de cualquier otra cantidad de tiempo. Pero lo que es irrenunciable es el derecho del inquilino a estar cinco años y, si la duración inicial es inferior a cinco años, el contrato se prorrogará por anualidades completas y de obligado cumplimiento.
    Es decir, que el próximo 1 de junio, el contrato se prorrogará hasta el 1 de junio del siguiente año.
    Hay una excepción, y es que en el contrato especifique algún motivo por el que el arrendador pueda recuperar la posesión de la vivienda para uso propio ( no para venderlo o volverlo a alquilar, por ejemplo)

    Y da igual el preaviso de cuanto tiempo sea si no coincide con la fecha de finalización de contrato.

    • Respondido por: Crazyh
    • Hace 12 años
  • Alba Hermida

    inquilino/a

    La cosa es que firmamos esa fecha porque el propietario no podia tener el piso en alquiler por dos años, y la fecha máxima para estar en el piso era esa. En ningún lado pone nada de pérdida de fianza si nos vamos antes ni obligación de quedarme hasta esa fecha, solo que debo abandonar la casa el junio del año que viene.

    Tenía entendido que los contratos de alquiler son de un año prorrogables hasta 5 años... De ahi que me hiciese firmar que me iba antes de finalezar junio.

  • Oscar Aparisi

    Oscar Aparisi

    inquilino/a

    Estas incumpliendo el contrato, por lo tanto además de la fianza, te puede pedir una indemnización por incumplimiento.

    La fianza legal es de un solo mes, el resto esta considerado como garantía.

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