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nuenri

inquilino/a

¿Puedo irme de mi piso de alquiler cuando ha pasado el año de alquiler?

En febrero cumplí el primer año de alquiler, y se prolongó el contrato, ¿puedo irme en agosto avisando al casero con 30 días de antelación sin ser penalizada?

Gracias

  • Preguntado por: nuenri
  • Hace 13 años
  • Categoría: Dejar piso en alquiler
Respuestas (2)
Marta26 ha sido el primero en contestar
Marta26 ha sido elegida Mejor Respuesta
  • Jan Abogado

    profesional

    Hola nuenri:

    coincido con la respuesta de la Sra marte. En el siguiente enlace encontrará información detallada sobre la duración de los contratos de arrendamiento.

    http://blog.enalquiler.com/2011/guias-alquiler-pisos/contrato-alquiler-piso/

    Reciba un cordial saludo

    Despacho Armando García Fernández.

    Email:: armandogarcia@ical.es

    http://letradosalquileres.es.tl

  • Marta26

    casero/a

    Al renovarse el contrato por un año más tu casero podría pedirte alguna indemnización, qe podría ir desde un mes hasta los meses que falten para cumplir el contrarto. Igualmente podrias llegar a un acuerdo con el casero para que no te penalice. Si consigues un acuerdo deja contsancia por escrito y firmada por ambas partes.

    • Respondido por: Marta26
    • Hace 13 años
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