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Sfernandez

casero/a

Cuando una vivienda no ha estado arrendada todo el año, sino 5 meses , ¿son deducibles gastos anuales como el IBI?

¿se pueden desgravar los gastos anuales como el IBI y el seguro de la casa o se debe hacer proporcionalmente a los meses en que ha estado arrendada la vivienda?

Gracias

  • Preguntado por: Sfernandez
  • Hace 12 años
  • Categoría: Caseros
Respuestas (1)
PHOLMO ha sido el primero en contestar
  • PHOLMO

    PHOLMO

    profesional

    Tal como lo describe tiene edercho a deducir esos gastoporporcionalmente a los meses en que ha estado alquilada.

    Le sugiero la lectura de mi bloghttp://www.pedrohernandezabogado.com/y si prefiere una atención personal y directa, con un pequeño gasto controlado por vd.,   puede hacerlo llamando al teléfono, 807 520 008 (Coste de la llamada: 1,18€ por minuto desde teléfono fijo y 1,53 € por minuto desde móvil).

    • Respondido por: PHOLMO
    • Hace 12 años
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