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Tenia una vivienda en alquiler , el recibo de luz a nombre de la inquilina , ésta se ha ido a dejado recibo pendiente y no se da de baja puede la hidroelectrica cortar la luz si ésta mujer no paga, no tendría sentido el haber puesto el recibo a su nombre que legalidad hay en cuánto a esto si en su día la propia hidroelectrica nos sugirio cambiar el recibo a su nombre para que no tuviesemos ningun problema y ahora nos dicen lo contrario
Claro , si la inquilina me hubiese pagado el último mes podría haber utilizado la fianza para los pagos pero consumio la fianza cómo pago del alquiler, así de claro y no hay mas defensa porque cuesta más denunciar y un sin fin de problemas , ésto es lo que pasa con los alquileres nos encontramos indefensos y los inquilinos lo saben y te chulean cómo quieren, incluso llegan a decirte denunciame y veras cómo no vez ni un duro, y no les falta razón porque es verdad, la justicia es lenta , cara y etc., el contrato de luz se puso a su nombre precisamente para evitar estos problemas sugerido incluso por la propia compañía en Toledo se cambio a su nombre y ahora nos vienen con que o asumimos la deuda o hacemos un reenganche pagando por supuesto un dineral , que no tendríamos porque asumir y encima nos tenemos que tirar cinco días sin luz que hoz parece??
Usted,tenía 30 días para ver si había impagados en agua,luz,gas,etc.etc y no hizo bien su labor descontando esos pendientes de la fianza.
Ahora la eléctrica presionará para cobrar ,al intentar hacer cambio de titular (como le dice Pholmo) pero deberá mantenerse firme en que la deuda se la cobren al que la ha generado y no a la vivienda.
Otra salida que tiene es pagar y reclamar al inquilino mediante un monitorio
La eléctrica dará la baja por falta de pago y Vd. tendrá que pagar para recuperar el servicio, solo le queda denunciarlo a consumo.
Cecil: ¿a nombre de quien está el contrato?