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adra

inquilino/a

¿Tienen derecho a pedir contrato de trabajo y nóminas antes de hacer un contrato de alquiler?

¿Tienen derecho a pedir contrato de trabajo y nóminas, antes de hacer un contrato de alquiler?

  • Preguntado por: adra
  • Hace 13 años
  • Categoría: Caseros
Respuestas (13)
trino ha sido el primero en contestar
Karlangas ha sido elegida Mejor Respuesta
  • Karlangas

    inquilino/a

    Repaflo:

    Le contesto, de nuevo, por su alusión.

    También yo le entiendo a usted en cada punto que escribe. También yo, sólo le comento lo que me pide una aseguradora de reconocido prestigio para asegurar (no para alquilar)

    Lo que no entiendo es… -si usted comprende que al inquilino (que, a la postre, es su cliente) no le guste este tipo de "requisitoria"- por qué usted no le da importancia al hecho de que su aseguradora pida más documentación que la que pide otra aseguradora de reconocido prestigio y que viene obteniendo excelentes resultados, de forma continuada.

    De cualquier forma, Repaflo: es usted muy dueño, faltaría más.

    Karlangas.

    24. 10. 2011.

  • repaflo

    casero/a

    Karlangas te entiendo en cada punto que escribes. Yo sólo te comento lo que me pide una aseguradora de reconocido prestigio para alquilar. Honestamente, comprendo que al inquilino no le guste este tipo de "requisitoria". De todas formas a la hora de alquilar y en este caso el arrendador lo único que pretende es garantizarse ciertos supuestos por parte de la aseguradora. No es nada personal en contra del inquilino como se puede comprender.

    • Respondido por: repaflo
    • Hace 13 años
  • Karlangas

    inquilino/a

    Entrega 1 de 2

    Lucyrgs:

    Usted tendría toda la razón en cuestionar ¿Dónde está la garantía? si un arrendador se limitase a pedir y a examinar, él (por su sola cuenta) las dos últimas nóminas del posible arrendatario. En mi opinión lo único que podría saber de ese arrendatario es si tendría la solvencia suficiente para poder pagarle, la renta, de forma continuada. Nada sabría de su formalidad y seriedad pasadas y menos aún de su futuro.

    Pero la cosa cambia y mucho, si ese arrendador pide a una aseguradora que estudie la posibilidad real de asegurar, con una póliza de seguro alquiler, el contrato de arrendamiento que pudiese llegar a celebrar, con ese arrendatario concreto.

    Sigue en 2.

  • Karlangas

    inquilino/a

    Entrega 2 de 2

    El estudio que hará la aseguradora, por la cuenta que le tiene, será altamente eficaz y si aprueba a ese arrendatario como asegurable, el arrendador sabrá que, tendrá garantizado, por la  Propia aseguradora, que cobrará -De ella- las rentas que pudiera dejarle impagadas el arrendatario.

    Lucyrgs: ¿Le parece poca garantía?

    Karlangas.

    24. 10. 2011

    Ps  Cuando he intentado colgar -Todo el texto- en una sola entrada, el sistema me ha escrito: 159 Palabras, 1182 caracteres. Aunque el tamaño del texto estaba muy por debajo del máximo de 2500caracteres, no lo ha colgado. Por eso he tenido que pasar el texto fraccionado en 2 entregas.

  • usuario eliminado

    No entiendo porque tanta exigencia como: nôminas. Pues hoy al firmar yo puedo tener un contrato de trabajo, pasado dos o 3 dias, la empresa me despide. Entonces dónde está la garantía?

    • Respondido por: Usuario dado de baja
    • Hace 13 años
  • Karlangas

    inquilino/a

    Entrega 1 de 2

    Repaflo:

    Confirmo que yo no le paso, nunca, a mi aseguradora copia del dni, en ninguno de los tres casos que usted menciona. En el caso de asalariado, le confirmo: no le paso su contrato laboral.

    La petición de mayor o menor documentación al posible arrendatario, no es inocua. Mi experiencia me viene demostrando que, en general, al arrendatario,  no le hace ninguna gracia tener que pasarle, a un extraño, ese tipo de documentación y mucho menos la copia del dni.

    Al principio de la relación -arrendador/arrendatario- el futuro arrendador es un perfecto extraño para el arrendatario,

    Esa resistencia -a pasar documentación a un extraño- se refleja en esta comunidad. Es muy  llamativa la cantidad de veces que se cuelgan preguntas sobre la necesidad de entregar más o menos documentación, incluso antes de saber si se podrá llegar a firmar el contrato de alquiler.

    Sigue en 2.

  • Karlangas

    inquilino/a

    Entrega 2 de 2

    Tengo claro que si su aseguradora, le pide esa documentación, usted ha de enviársela.

    Lo que no tengo tan claro es… para que la pueda necesitar.

    No lo tengo nada claro porque mi aseguradora (con menos documentación) ha acertado de pleno en todos los estudios previos, a todas las muchas pólizas que con ellos he contratado. No he tenido ni un solo problema de impago de renta nunca. No es mérito mío, es señal inequívoca de que la eficacia -de cada estudio previo, que mi aseguradora realiza- es excelente.  

    Repaflo: quizá le haya llegado a usted el momento de tener en cuenta lo que arriba le comento y aprovechar una oportunidad de mejora continua que, para usted, puede suponer de cara a un futuro proceso de arrendamiento.

    Karlangas.

    24.10.2011.

  • repaflo

    casero/a

    Disiento un poco de Karlangas. Mira , copio y pego lo que me pide a mi una aseguradora:

     

    para contratarlo, es necesario realizar un estudio previo de los inquilinos, para el que debe remitirnos:

    • en caso de asalariados:
      • dos últimas nóminas de los inquilinos y contrato laboral
      • copia del dni
    • en caso de autónomos:
      • última declaración de la renta
      • última declaración del iva
      • copia del dni
    • en caso de pensionistas:
      • último justificante de pensión
      • copia del dni

     

    es decir, en caso de asalariado si me piden el contrato del inquilino.

    • Respondido por: repaflo
    • Hace 13 años
  • Karlangas

    inquilino/a

    Entrega 1 de 2

    Adra:

    El texto que sigue es una adecuación, a su caso, de lo que colgué hace unos días.

    ----Es su propietario, que seguramente quiere asegurar el arrendamiento, quien debe gestionar la contratación de la póliza de seguro. Antes de nada, ha de conseguir la confirmación de la aseguradora de que va a asegurar ese alquiler, con usted como inquilino.

    Si usted trabaja por cuenta ajena, Para conseguir esa aprobación, el arrendador debe enviar -a la aseguradora- Una copia de cada una de las dos últimas nóminas de usted. Repito: sus dos últimas nóminas. Nada más.

    En sus nóminas, Están todos los datos que la aseguradora necesita: el neto que usted cobra mensualmente, su antigüedad en la empresa, su nif.

    Sigue en 2.

  • Karlangas

    inquilino/a

    Entrega 2 de 2

    Repito: en esas dos últimas nóminas figuran los datos, de usted, que necesita la aseguradora para estudiar la viabilidad del seguro de ese futuro contrato de alquiler. Esa viabilidad les ha de ser confirmada antes de firmar el contrato.

    Por ello, el propietario no necesita para nada:

    --Ni el contrato para saber cargo en la empresa,

    --Ni si es contrato fijo o

    --Solo por un mes,

    --Tampoco necesita más nóminas que esas dos.

    Tras la aprobación de la aseguradora (no antes) ustedes deben firmar el contrato de arrendamiento. tras firmar, el arrendador debe contratar la póliza del seguro. Para ello ha de entregar a la arrendadora copia del contrato de alquiler firmado por las partes----.

    Karlangas.

    24. 10. 2011.

  • Jan Abogado

    profesional

    Hola adra:

    coincido con las respuestas anteriores.

    Reciba un cordial saludo

    Despacho Armando García Fernández.

    Email:: armandogarcia@ical.es

    http://letradosalquileres.es.tl

  • Oscar Aparisi

    Oscar Aparisi

    inquilino/a

    Hola,

    Además de tener derecho, hoy por hoy prácticamente todos lo hacen, simplemente para saber si eres un buen cliente y si vas a poder pagar el alquiler.

    También cabe la posibilidad de que los propietarios quieran hacer un seguro de impago, para lo cual las compañias piden estos datos que se te solicitan.

    Saludos

    Oscar

  • trino

    profesional

    No es que tenga derecho, existe libertad él de pedir y tu de no enseñar, pero el que quiere hacer un contrato puede pedir lo que quiera pedir y tu puedes no enseñarselo con lo que no firmareis el contrato de alquiler que es un acuerdo, si te molesta enseñar ti nómina aportalé un aval bancario a primer requerimiento y seguro que lo acepta, no creo que al prpietario le interese tu vida pero si tu solvencia.

    • Respondido por: trino
    • Hace 13 años
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