Actualmente no se publican nuevas preguntas y respuestas en La Comunidad, que queda accesible únicamente como página de consulta.
Tengo un contrato de tres años de un alquiler con derecho a compra, donde se fija una prima, una fianza y unas mensualidades. Los inquilinos han decidido irse después de 14 meses y avisandome con 30 días. En la clausula octava del contrato se habla de no devolver prima y mensualidades, pero que ocurre con la fianza?
OCTAVA: Rescisión del contrato. Si los arrendatarios rescinden el contrato tienen que comunicarlo a la propiedad con un plazo mínimo de 30 días (perdiendo prima y mensualidades correspondientes hasta la fecha).
Se acuerda que los propietarios (arrendadores) solo podrán rescindir el contrato para vivir en él ambos, siempre y cuando se avise con 30 días de antelación (abonando a los arrendatarios el doble de todas las cantidades entregas hasta la fecha)
Hola Dvillalu:
Coincido con la respuesta del Sr Oscar y por ello le aconsejo que el contrato sea revisado por un/a profesional de la abogacía experto/a en arrendamientos urbanos.
reciba un cordial saludo
despacho Armando García Fernández.
Pues depende de como este redactado el resto del contrato, ya que si el contrato es de 3 años de obligado cumplimiento si perderán la fianza, pero si está cláusula hace mención tanto a la venta como al alquiler, das la posibilidad de que se vayan en cualquier siempre y cuando avisen con 30 dias de antelación.
Por lo tanto, para contestar bien a esta pregunta hay que revisar todo el contrato punto por punto, y ver que afecta al alquiler y que afecta a la compra.
Saludos
oscar