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julia79

inquilino/a

¿Qué supone tener responsabilidad solidaria en un cto de arrendamiento?
Se puede repetir contra las demás en todo caso? Si las otras personas que constaban en el contrato de arrendamiento como arrendatarias ya no vivían en el piso pero no firmaron un contrato de rescisión, se puede repetir contra ellas o llamarles a formar parte de la demanda?
  • Preguntado por: julia79
  • Hace 15 años
  • Categoría: Caseros
Respuestas (1)
Juan ha sido el primero en contestar
  • Juan

    profesional

    La responsabilidad solidaria significa que el acreedor puede dirigirse indistintamente contra cualquiera de los deudores o fiadores, siempre que no se haya extinguido la fianza por novación del contrato de arrendamiento, es decir, por cambio en alguno de sus elementos esenciales, como la renta, o por una cesión parcial, que es lo que ha ocurrido en este caso.

    El hecho de que no se haya firmado ningún documento de cesión deja el asunto a resultas de la prueba acerca de si la cesión fue consentida o no por el arrendador. Si fue consentida y puede ser probado, el arrendador habrá perdido las acciones contra los arrendatarios que hayan cedido su parte de contrato. Por el contrario, si el arrendador ha sido ajeno y se ha visto sorprendido por los hechos, entonces los arrendatarios que han abandonado la vivienda siguen teniendo responsabilidad como arrendatarios en todo lo pactado en el contrato, incluida la solidaridad. La demanda debe dirigirse contra todos.
    • Respondido por: Juan
    • Hace 15 años
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