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Xavi26

casero/a

¿Es verdad que un casero no tiene derecho a cobrar el paro, si tiene un renta superior a 475€?

Actualmente me he quedado en paro, y mi sorpresa ha sido, que despues de estar cotizando durante bastante años(muchos como autonomo), no tengo derecho a percibir la prestacion ya que tengo rentas superiores a 475€. Lo curioso es que te miran los ingresos pero no los gastos, como por ejemplo la hipoteca de adquisicion que sube mucho más que las rentas.

no lo encuentro justo. ¿Alguien conoce alguna manera de poder percibir la prestacion que tengo acumulada?

muchas gracias.

un saludo

  • Preguntado por: Xavi26
  • Hace 13 años
  • Categoría: Caseros
Respuestas (8)
Mari Lolis ha sido el primero en contestar
Mari Lolis ha sido elegida Mejor Respuesta
  • Mari Lolis

    Mari Lolis

    inquilino/a

    adzo79 Mismamente lo que le he dicho yo

  • adzo79

    casero/a

    Te cuento lo que he investigado según mi experiencia personal.

    primero, si has cotizado como trabajador por cuenta ajena, tienes derecho a para independientemente de tus ingresos extras. Siempre y cuando cumplas con los periodos minimos de cotizacion.

    si lo que pides es ayuda familiar, tienes que haber cotizado al menos 180 dias,( hay mas casos, pero este es el general) para que te concedan 21 meses a 426 euros.

    condiciones: 1 no tener ingresos superiores a 475 euros. 2 que la suma de los ingresos de tu nucleo familiar, dividido por el numero de miembros no supere los 475 euros.

    el tiempo que hayas estado como autonomo solo cuenta para tu jubilacion.

    • Respondido por: adzo79
    • Hace 13 años
  • Mari Lolis

    Mari Lolis

    inquilino/a

    Teniendo en cuenta que este foro es sobre legislación del alquiler, tu pregunta estaba fuera de lugar, aún y asi se te ha respondido. Si no te gusta la respuesta, no podemos hacer nada.

  • Xavi26

    casero/a

    A ver, he cotizado como autonomo, durante bastante tiempo, pero mis ultimos trabajos y por los cuales tengo el tiempo cotizado suficiente, ha sido en regimen general, para una empresa con contrato.

    me han dicho, que tengo derecho a percibir por lo que he cotizado, pero que piden los ingresos y si son superiores a 475€ pues que ya no tienes derecho.

    todo sigue al aire porque cuando fui a inscribirme aun tenia periodo de vacaciones cosa que yo no sabia y no me pudieron inscribir.

    lo que quiero saber es si alguien se ha encontrado en esta situacion exacta, de tener derecho pero por tener ingresos superiores al 75% del salario intermedio profesional, no ha podido.

    para mi no tiene nada que ver una cosa con la otra, pero es lo que me dijeron.

    gracias.

     

    • Respondido por: Xavi26
    • Hace 13 años
  • Mari Lolis

    Mari Lolis

    inquilino/a

    Xavi26 Algo has entendido mal, es imposible que te hayan dicho eso. Te repito que aunque te saliesen los millones por las orejas, si tuviese cotizado lo necesario, cobrarías el desempleo.

    ¿No serás que estas pidiendo la ayuda de 420 euros? Porque esa ayuda es para quien no tiene ningún ingreso, pero no es desempleo, es ayuda y, si no me equivoco, ya se termina y dejan de darla

  • Amparo BB

    Amparo BB

    profesional

    Yo creo que es como Mari Lolis dice.

    si no tienes derecho a prestación es porque has cotizado como autónomo, no por tus otras rentas.

     

    saludos - Papeleos Alquiler.

     

  • Xavi26

    casero/a

    Es lo que me han dicho a la oficina de trabajo.

    tengo cotizado, para cobrar, pero al tener ingresos superiores a 475 euros, no tengo derecho.

    • Respondido por: Xavi26
    • Hace 13 años
  • Mari Lolis

    Mari Lolis

    inquilino/a

    El cobrar el desempleo no tiene nada que ver con el dinero que se tenga o se perciba.

    el desempleo es por dejar de trabajar, eso si, hay que tener cotizado el tiempo mínimo estipulado, en el plazo estipulado y desde luego los autónomos jamás han tenido desempleo, así que ahí es donde esta la respuesta y no en tus ingresos.

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