Buenas, Tengo una vivienda alquilada que hace dos mese se cumplido los tres años de contrato, se ha renovado automáticamente por un año más, pero no le he subido nada al inquilino, mi pregunta es puedo subirle el ipc que es un 0,7% sobre la cuota pasado estos dos meses? o tengo que esperarme a que finalice el año.
La renta actualizada será exigible al arrendatario a partir del mes siguiente a aquel en que la parte interesada lo notifique a la otra parte por escrito, expresando el porcentaje de alteración aplicado y acompañando, si el arrendatario lo exigiera, la oportuna certificación del Instituto Nacional de Estadística
Si lo tengo en el contrato, pero mi duda es puedo aplicarle la subida del ipc de los tres años después de haber pasado dos meses desde la renovación automática por un año, y si es así con cuanto tiempo le tengo que avisar. Gracias
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