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nuria66

casero/a

La revisión del arrendamiento era en junio, como no la hicimos, el inquilino me puede reclamar los 80 euros que ha pagado +
Además tengo derecho a cobrarle lo que me cobra el banco x domiciliarle el recibo (1,12 x 17meses).

Otra consulta: en el contrato puse claro que él corría con las reparaciones, y ya me he gastado 3600 euros, segun él no es legal.
  • Preguntado por: nuria66
  • Hace 15 años
  • Categoría: Caseros
Respuestas (1)
Amparo BB ha sido el primero en contestar
  • Amparo BB

    Amparo BB

    profesional

    No.
    Tu inquilino, amparado por la LAU, podría haber comenzado a pagarte la renta rebajada según el IPCGN a partir del mes siguiente al que te lo hubiera comunicado. (Artículo 18-3: http://civil.udg.es/normacivil/estatal/contract/lau.htm#Artículo_18 )
    No. No puedes cobrarle lo que te cobra el banco por domiciliar el recibo. Tienes obligación de entregar recibo o pagar los gastos que se le originen al arrendatario para dejar constancia del pago. Pero podríais pactar una forma de pago que no le cueste dinero a ninguna de las partes. (Artículo 1-4: http://civil.udg.es/normacivil/estatal/contract/lau.htm#Artículo_17)

    Respecto a lo último, no sé a qué reparaciones te refieres ni qué es lo que no es legal. (Si quieres explícalo más)

    Pero la ley especifica que las pequeñas reparaciones debe pagarlas el inquilino, y las reparaciones necesarias para la habitabilidad de la vivienda, (suelen ser de más envergadura) el propietario (salvo un mal uso del inquilino)
    Y los contratos siempre son legales, aunque pudieran tener alguna cláusula nula.
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