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DLL

inquilino/a

¿Podría nuestro arrendador volver a su vivienda si no queda reflejada en el contrato esta cláusula para uso personal?

¿Podría nuestro arrendador volver a su vivienda si no queda reflejada en el contrato esta cláusula para uso personal?

  • Preguntado por: DLL
  • Hace 12 años
  • Categoría: Caseros
Respuestas (5)
PHOLMO ha sido el primero en contestar
PHOLMO ha sido elegida Mejor Respuesta
  • Crazyh

    Crazyh

    profesional

    Sobre todo, si ha leído los enlaces que le ha puesto Jan, acúerdese de que los contratos de vivienda habitual se prorrogan automáticamente hasta el 5º año

    Ayuda a cambiar el mundo!

    • Respondido por: Crazyh
    • Hace 12 años
  • Crazyh

    Crazyh

    profesional

    Correctísimo dll

    un saludo

    Ayuda a cambiar el mundo!

    • Respondido por: Crazyh
    • Hace 12 años
  • DLL

    inquilino/a

    gracias por vuestra pronta respuesta, me acabo de dar cuenta que no venía explicación a mi pregunta. el problema es que llevamos 7 meses de contrato (de la primera anualidad) y el arrendador nos ha pedido que nos vayamos para su uso personal. en el contrato no viene ninguna clausula donde quede reflejado este punto de necesidad, ni suya ni familiar, por lo que entonces estaremos en nuestro derecho de no irnos, ¿verdad?

     

    en caso que quiera negociar, entiendo que estaría todo abierto a lo que queramos pactar con ellos, mensualidades por años que queden, mudanzas, honorarios de la nueva inmobiliaria, etc... ¿esto es correcto?. Gracias.

    • Respondido por: DLL
    • Hace 12 años
  • Jan Abogado

    profesional

    Hola dll:

    coincido con la respuesta de mi compañero Pholmo y le sugiero la lectura de los siguientes enlaces:

    http://letradosalquileres.es.tl/Duracion-del-contrato-de-arrendamiento-de-vivienda.htm

    http://letradosalquileres.es.tl/La-denegacion-de-la-prorroga-del-articulo-9-LAU-1994.htm

    Reciba un cordial saludo

    Despacho Armando García Fernández.

    Email:: armandogarcia@ical.es

    http://letradosalquileres.es.tl

  • PHOLMO

    PHOLMO

    profesional

    La respuesta es negativa, incluso si viniera estipulado en el contrato tal como lo expone tampoco podría entrar en esa vivienda.

    Para ampliar o aclarar esta información puede  Hacerlo al teléfono: 807 520 008 donde recibirá atención  Directa e inmediata (1,18 eur. /min. Desde fijo; 1,53 eur. /min. Desde móvil)
    http://www.pedrohernandezabogado.com/ 

    • Respondido por: PHOLMO
    • Hace 12 años
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