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que garantías, quitando el aval bancario, que tira para atrás a mucha gente, se pueden pedir, a parte de la fianza, quiero decir, en un local pido 2 meses de fianza, por ejemplo ¿podría pedir 6 meses de fianza?. o tendrían que ser 2 de fianza y aparte los otros 4.
El aval personal está muy bien pero aun viendo la solvencia actual del avalista no quiere decir que lo sea cuando se le requiera el pago.
pedro Martínez
Abogado
5001@icagr. Es
Particularmente yo como casero prefiero el aval personal y solidario, siempre y cuando el avalista sea solvente, ya que si no se especifica una duración del aval, éste persiste durante toda la vida del contrato, lo cual es superior al importe de las mensualidades de garantía adicional que me puedan dejar, pero todo tiene sus riesgos, por eso te decía antes, que remataras la operación con un seguro de alquileres.
Queda claro,pediré 4 meses de depósito mas los 2 de fianza y en caso de no aceptar el depósito pediré aval personal, del aval bancario la gente huye, será por los gastos de mantenimiento supongo y debido a la situación actual, pero no tenía claro lo del depósito si solo consiste en dejarlo en la saca, sin gastos, me parece buena opción.
Muchas gracias a todos.
Efectivamente, si el arrendatario te entrega los dos meses de fianza, se depositan en la oficina que tu comunidad autónoma tenga dedesignada al efecto.
Si entrega el importe de más mensualidades en concepto de garantía adicional, lo pones a buén recaudo en tu bolsillo o en la saca, según la cuantía.
Ya, pero quiero decir ¿como se gestiona? , ¿ese dinero me lo entrega a mi y yo lo guardo?
Para muchos arrendatarios pedir 2 + 4 meses o más, en efectivo, también los tira para atrás.( todo depende del importe de la mensualidad)
Pide los dos meses de fianza obligatoria para un local y luego el aval personal y solidario de una o más personas solventes que respondan por el arrendatario en el cumplimiento del contrato y para rematar la operación hazte un seguro para caso de impago de alquileres y vandalismo.
En cualquier cantidad en efectivo adicional a la fianza obligatoria de dos meses.
Saludos - Papeleos Alquiler.
Gracias por la respuesta, ¿en que consiste el deposito constitutido como garantia.
La fianza legal es una cosa y el deposito constitutido como garantia es otra. Legal, por cierto. Ningun problema.
pedro Martínez
Abogado
5001@icagr. Es