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Mi casero no acepta cobrar la mensualidad correspondiente a enero. Le envié un giro postal, y yo mismo le avisé de ello, pero no se acerca por Correos a recogerlo.
En lugar de hacer una consignación judicial de la renta (con el correspondiente previo aviso), pensé en enviarle un requerimiento de cobro con el siguiente punto:
«Que, de no efectuar el cobro y entregar el correspondiente recibo en el plazo de diez días naturales a contar desde la recepción de la presente, se entenderá que renuncia de pleno acuerdo y en favor del que suscribe a todos los derechos que, al abrigo del vigente acuerdo de alquiler, ostenta sobre dicha cantidad en concepto de renta», etc., «sin perjuicio de los que correspondieren por otras rentas futuras en el marco del mismo acuerdo de arrendamiento.»
¿Sería legal hacer esto?
Pavlos Es obligación del inquilino pagar, no del casero cobrar
Sería ineficaz, juridicamente hablando.
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