Actualmente no se publican nuevas preguntas y respuestas en La Comunidad, que queda accesible únicamente como página de consulta.
Mi inquilino tiene el gas y la luz a su nombre, se marcha pero tiene deudas pendientes, las compañías no me aceptan el cambio de titular sin abonar las deudas. Ni siquiera como alta nueva, aunque tenga que pagar el importe del alta (me saldría mejor que pagar la deuda del inquilino), con la fianza no cubre ni 1/3 de lo que debe. ha llegado ha acordado el fraccionamiento de la deuda con la compañia de la luz, pero hasta que no page todo no me dejan cambiarlo ni darlo como alta nueva. Os agracederia un consejo, se marchan y no se que medidas puedo tomar. GRACIAS
Bueno yo denuncie al inquilino, tras la espera de 10 meses lo desahucian y me encuentro con una deuda en su contrato de agua de 300eur. y me dicen que no me pueden hacer un alta nueva porque esa vivienda tiene un contrato con una deuda y por tanto no se puede dar de baja ni hacer un alta nueva hasta que se pague. Por supuesto estaba a su nombre. Lo mismo me paso con la luz pero ellos si accediero al comprobar la sentencia del su señoria, la deuda era de 700eur. tambien a su nombre el contrato.- por favor si alguien me aconseja como proceder contra la empresa de agua en velez-málaga les estaria muy agradecido.
gracias y saludos al foro
Esta es la información que dan:
"Al dejar una vivienda con un suministro de gas en uso hay que tener en cuenta que en caso de impago, es el titular del contrato quien tiene la obligación legal de abonar la factura. Por lo tanto, siempre se debe dar de baja el suministro de gas, o bien, asegurarse de que el nuevo inquilino o propietario subroga su contrato, es decir, hace un cambio de nombre del mismo y se convierte en el nuevo titular.
1.Si acuerda realizar un cambio de nombre
En este caso no tendrá que solicitar el corte del suministro y este trámite lo deberá realizar el nuevo inquilino.
Es aconsejable que compruebe junto al nuevo inquilino la lectura del contador en el momento del traspaso para informar a la compañía y que ésta pueda ajustar la facturación al consumo efectuado por cada titular.
¿Qué documentación necesita el nuevo inquilino para tramitar el cambio de nombre?
Es verdad, tengo las facturas online y estoy dada de alta. Pera si abres la página principal creo que está la misma información. Y te dice claramente, que para no tener problemas de deudas aconsejan el cambio de nombre. Ese día se hace borrón y cuenta nueva.
Voy a buscarlo sin registrarme.
Isabel has dejado un enlace que te lleva a una puerta donde hay que darse de alta...no se puede ver nada, pero imagino que se refiere a lo que yo he dicho, poner al inquilino como tal y sigue estando a nombre del casero pero quien consta como pagador es el inquilino y será quien contraiga la deuda si no paga.
Eso si, hecha la ley hecha la trampa, si el inquilino no esta al quite de que le saquen de ahí una vez finaliza su contrato, puede haber muchas trampas por parte de los caseros sin escrupulos.
Acabo de abrir esta página y en caso de alquiler te aconsejan la subrogación del contrato para que la deuda sea del inquilino https://portal.gasnatural.com/es/OficinaVirtual/QueHacerCuando.gas?id=healquilado
Acaba de llegar mi marido y le he preguntado y dice que a él [la compañía] de Barcelona, le dijo que no pueden cortarla hasta el año, que van dando avisos y justo a los 12 meses la cortan.
Cómo puede poner ese diario que la corta a la segunda factura impagada y que eso son 4 ó 5 meses? no lo entiendo, la luz se paga mensual... a no ser que no sea igual en toda España.
Mira, he encontrato esta noticia en un diario de Cádiz, en la que precisamente dice que aumentan los cortes de LUZ por impago entre los vecinos, y que la compañía lo corta a la segunda factura impagada (4-5 meses)
Es de hace 4 días:
EN LOS TRIBUNALES Procesos de cobro. Los juzgados de primera instancia de Cádiz han tramitado este año 868 demandas por procesos monitorios, con la que se tramita la mayoría de los impagos de menor cuantía. Corte de luz en cinco meses. La compañía Eléctrica de Cádiz comienza el procedimiento de corte de suministro tras el impago del segundo recibo, aunque siempre se avisa por escrito al cliente para hacerlo efectivo. Un 3% más de morosos. El número de deudores en el cobro de la luz en la capital se incrementó un 3% entre empresas y un 1% entre particulares en el último año. MÁS EN: http://www.lavozdigital.es/cadiz/v/20100620/cadiz/consistorio-registra-aumento-impagos-20100620.html
sigo....
por eso he dicho antes en otro tema, lo de mantener los contadores a nombre del propietario y cuando entre un inquilino, dejar constancia del nombre y la cuenta de la persona que lo va a utilizar, así la deuda será del inquilino, sí o sí.
La factura la envían a casa del inquilino y a su nombre, pero pone bien clarito que es inquilino y quien es el propietario.
El lunes me llevaré al trabajo una factura y la escanearé para mostrar lo que explico
me lo dijo mi marido....cuando luego a la noche venga a casa le preguntaré para estar bien segura y no meter la pata, pero aseguraría que es eso, que no pueden cortar la luz a una familia hasta los 12 meses sin pagar.
Mari Lolis no me asustes ... ¿De dónde sale eso que has dicho?
¿No te referirás a que pueden "devolverse" recibos de hasta los últimos 13 meses cuando no se dió orden expresa de atenderlos?
Son dos cosas completamente diferentes...
Toda la informacion me la dieron las compañias hoy, y despues hable con el inquilino y no nego nada. Segun me dijeron debe unos 600 euros atrasados, que llego a un acuerdo de fraccionamiento, y el resto debe de ser me imagino de las 2 o 3 ultimas facturas. A mi tambien me parece raro ... Mas que nada que ninguna compañia haya tomado medidas a pesar de la cantidad.
no, no es raro....hace ya un tiempo que la normativa es que no se puede cortar la luz hasta los 12 meses sin pagar.
Ahí hay algo raro...
Hace muchos años (1982) vivía en un piso compartido y la subarrendadora a veces no pagaba la luz... Pues antes de acumular un segundo impago ya habían cortado el suministro...
Tu caso es raro..
Das de baja el suministro y después lo das de alta de nuevo, no te pueden exigir la deuda de otro moroso.
A quien tienes que denunciar es a la compañía no a tu inquilino, que se busquen ellos la vida, que tienen más recursos para entrar en pleitos.
Además, es un Problema de ellos el hecho de que no hayan cortado el suministro en su momento.
la suma de las 2 compañias supera los 1400 euros, que yo no se si esto se podria utilizar contra las compañias, porque tiene pinta de ser una negligencia, porque esa cantidad tiene que ser al menos de 1 año, porque la cantidad mas alta la debe de luz (+-1200)