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Resulta que estamos cogiendo una tipo de alergia mi mujer y yo en el piso, no sabemos porque..
Falta 1 mes para acabar el contrato que lo tenemos de un año prorrogable a 5, y en el contrato estipula que si antes de finalizar el plazo estipulado (1 año) nos fueramos, se tendría que avisar con 2 meses de antelación, PERO.. y si el contrato acaba ahora que falta 1 mes para que finalice y no se renueva; ¿tendríamos derecho a la fianza?
Javier, 2 meses de antelación en el pre-aviso, es de mutuo acuerdo que se pacta... Siempre se puede modificar, acordar o negoiciar las clausulas de un Ctº... por lo menos así solemos hacerlo, se remite un borrador a ambas partes para que cada una de ellas proponga sus modificaciones si lo creen oportuno, se acuerda, y se fija fecha de firma...
Por lo tanto no veo en que se recorta los derechos del inquilino... Simplemente " le hace un favor " al propietario para que tenga más tiempo de volver a alquilar su piso ... pues con un mes, la verdad que en muchos casos es justo, más cuando hay desperfectos por reparar, o repasos de pintura etc... por que te digo yo que hay veces que aunque el inquilino permita gestionar el alquiler y hacer visitas, más vale no hacerlas hasta que deje la vivienda, pues no están en condiciones se ser visitados, por suerte es lo menos frecuente, pero sucede.
En estos casos el pre-aviso de un mes le suele ocasionar un perjuicio económico al propietario, pues si no se alquila en un tiempo prudencial, seguro que perdera uno o más meses de Renta, por tener el piso vacio, que es lo que se trata de evitar.
Vuelve a leerte el Ctº. Debe estar estipulado. Caso contrari la l. A. U
como te ha dicho Marta el plazo legal para notificar tu voluntad de no renovar es de 30 días antes del vemcimiento del contrato. La clausula que indica dos meses es legalmente nula por recortar los derechos del inquilino.
Si te quieres marchar al vencimiento del contrato y no renovar tienes que enviar un burofax con acuse de recibo y certificacion de texto al propietario con un minimo de 30 dias de antelacion al fin del contrato. De este modo el casero está obligado a devolverte la fianza (menos los gastos que te pueda descontar por desperfectos o suministros pendientes de pago, si los hay). Para devolverte la fianza tiene 30 dias.
Siempre al rescindir un contrato hay que firmar el documento de fin de contrato y entrega de llaves para evitar problemas en un futuro.
en el blog de Amparo tienes modelos para redactar ese documento.
En el contrato pone el comunicar con dos meses de antelación para marchar al final de la anualidad. si no se comunica el contrato se prorroga por un año más y sería incumplimiewnto de contrato. Según la l. A. U. el preaviso debe ser por burofax con acuse de recibo y certificación de texto 30 dias antes de la finalización de cada anualidad o prórroga. la cláusula de dos meses es nula por ir contra la lau. tiene que ser como mínimo 30 dias antes. si comunica 29 dias antes ya se ha prorrogado por un año más y sería incumplimiento de contrato. Al ser prorrogable a 5 ( lo dice la lau) no hay nada que hacer si quieren seguir hasta los 5 años. Saludos,