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Cumplí el año de alquiler el 20 de abril de 2012 y el 7 de septiembre avise con un mes de antelación que dejaba el piso, mi sorpresa es que la dueña nos ha pagado una mínima parte de la fianza y se niega a justificarnos el porque no nos da el resto del dinero. ¿Puedo demandarla? ¿acaso debi esperar al 20 para avisarla? es que no me lo explico...
¿y que pasa si al ir a solicitar el papel en el que se justifica la entrega de llaves la inmobiliaria no me lo quiere dar? ¿que obligaciones tiene la inmobiliaria cuando se contrata sus servicios? es que me estan poniendo mas obstaculos que soluciones...
muchas gracias
El aviso tiene que ser fehaciente, es decir, burofax o copia firmada por el arrendador.
Por otro lado, sigue siendo imprescindible poder acreditar la entrega de llaves de alguna forma, y ese preaviso, para poder reclamar algo.
"podrá no obstante la parte arrendataria desistir del presente contrato, transcurrido que sea un año de su vigencia, sin otro requisito que comunicarlo al arrendador con un mes de antelación a la fecha de expiración. En tal eventualidad no vendrá obligada la arrendataria a indemnizar en manera o modo alguno aln arrendador, ni siquiera con el importe total o parcial de las rentas correspondientes a los meses que mediaren entre la salida anticipada del inmueble y el fin del plazo pactado en el primer párrafo de esta cláusula."
esto es lo que me pone en la cláusula de la duración del contrato. Algo que no entiendo muy bien, por esta cláusula tengo la duda de que yo haya incumplido el contrato... pase el año minimo que pide el arrendador y avise con el mes de antelación tal y como se pide en el contrato.
" A todo eso, has firmado el contrato de fin de arrendamiento?, si no lo has hecho, sigues siendo el inquilino legal de la vivienda, y esto significa que sigues devengando rentas"
Esta parte no es correcta. Si ha habido devolución de la fianza, aunque sea una parte, está claro que se puede demostrar una finalización de contrato aceptada por ambas partes.
Habría que ver el contrato para ver si teneis derecho a reclamar la otra parte de la fianza, o si es un buen acuerdo para vosotros solo perder una parte.
Pues da gracias que te ha devuelto una pequeña, parte, y ahora enseguida te lo explica yo:
Has incumplido el contrato, ya que al pedir la prorroga, tienes que cumplir el 2º año integro, lo normal, es que tu casera no te hubiera devuelto nada, ya que si quiere, además de quedársela, está en su derecho de pedirte una compensación económica por incumplimiento de contrato.
A todo eso, has firmado el contrato de fin de arrendamiento?, si no lo has hecho, sigues siendo el inquilino legal de la vivienda, y esto significa que sigues devengando rentas.