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El caso es el siguiente: Inquilino en piso de renta antigua, se ha rajado el cristal del balcon. El cristal me lo paga el seguro pero el problema es que la ventana, segun el cristalero, hay que cambiarla entera porque es de hierro, esta oxidada y no se puede poner un cristal, y el cambio de la ventana no me lo cubre el seguro. ¿Tengo que pagar yo el 100% del cambio? ¿le corresponde una parte al inquilino?, ¿se podria considerar como mejora a efector de poder subir algo la renta?
Gracias.
Como bien señala Crazyh en los arrendamientos de renta antigua hay qeu contar siempre con la anómala situación de pagar un alquiler desfasado que predispone al arrendador en contra de cualquier gasto en esa vivienda.
Para ampliar o aclarar esta información puede hacerlo llamando al teléfono: 807 520 008 donde será atendido directa e inmediatamente (1,18 eur./min. Desde fijo; 1,53 eur./min. Desde móvil)
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¿ Quién ha sido el responsable de que el cristal se rompa ?
A partir de esto empezaríamos a hablar de quien debe o no debe reponerlo.
Cualquier acuerdo entre ustedes les será más beneficioso que buscar terceras soluciones.
Creo q se podría considerar mejora, pero por lo comlicado que són los contratos de renta antigua casi mejor acuda a un abogado y que le asesore en vista del contrato