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Nuestra situacion es la siguiente. Hemos tenido problemas con un vecino, que nos acusaba de ruido. Incluso un dia vino la policia a la cual llamo un sabado a las 22:30 y no nos multo. Lo cual demostramos a base de los demas vecinos que no era verdad, parecia que todo estaba ok.
La cosa es que nuestro casero nos dijo que a recibido un burofax que nos tiene que desalojar a mitad de mes (pero "hara" para que nos quedemos hasta el final de este), que hay una denuncia, que llegara al juzgado,etc.
La cosa es que fuimos a la policia y a la administracion y no existe tal cosa.
El casero claro esta intentando quedarse con nuestra fianza. Dice que lo tiene la inmobiliaria (mentira - el contrato lo refleja). Hace mas de un mes, antes de que esto sucediera, teniamos un acuerdo verbal de acortar el contrato. Cuando llevo un texto en cual esto queda reflejado, se niega a firmar. ?Que puedo hacer? Voy cumplir ya 9 meses de contrato. Quiero cumplir 10, no 11. ?Son punes este tipo de mentiras?
El tema del ruido lo debe demostrar el propietario "ofendido por las molestias que le estais causando" y se trata de una relación de buena vecindad. Desde mi punto de vista, vuestro propietario es ajeno a esta sitaución y no puede desahuciaros. Sería distinto si hubiera un procedimiento (judicial o administrativo) que demostrara el ruido y las molestias.
El casero no puede quedarse con la fianza salvo que haya rentas pendientes o reparaciones a realizar en la vivienda y que sean imputables al inquilino, por lo que si resolveis el contrato de mutuo acuerdo, en ese mismo momento debe devolveros la cantidad entregada como fianza. Si no lo hiciera, tiene un mes para pagar y si no, entonces la fianza empieza a generar intereses.
Parece que el tema de acortar el contrato ya no le interesa al propietario, por lo que si no firma el texto con el nuevo acuerdo, "sólo" vale el contrato firmado.
Hola,
en su exposición hay una maraña considerable de cuestiones: alquiler, denuncia, ruidos, pacto verbal,...
Ciñéndonos exclusivamente al tema del arrendamiento: legalmente solo se pude marchar en cada vencimiento anual del contrato (cada 12 meses). Hacerlo en otro momento no le exime del pago de las mensualidades que falten para cumplir esos 12 meses (salvo que el casero lo consienta).
Debe decidir qué le conviene más: intentar negociar la salida con el casero y obtener un acuerdo favorable para ambos, quedarse y denunciar las "mentiras" (que aún no comprendo bien cuales son), etc.
Suerte.