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wueno

casero/a

¿Puedo pedir daños y perjuicios a la pareja por falta de pago en el alquiler?

En el contrato solo firmó uno de ellos que ahora se  declara insolvente, pero la otra pareja la mujer trabaja.  ¿Qué puedo hacer?

  • Preguntado por: wueno
  • Hace 13 años
  • Categoría: Caseros
Respuestas (6)
manuel josé ha sido el primero en contestar
  • wueno

    casero/a

    Crazyh, muchas gracias por tus consejos ayer y hoy estoy en trámites de abogado.

    Con afecto

    • Respondido por: wueno
    • Hace 13 años
  • Crazyh

    Crazyh

    profesional

    Pues estamos en julio casi, y empiezan vacaciones, así que hasta setiembre no se va a hacer nada con tu demanda. Calcula que para febrero, como pronto, recuperas la vivienda.

    Armate de paciencia, dejar pasar más tiempo sólo alargará el proceso. Es posible que el abogado consiga negociar con "más fuerza" que tú, y sólo tengas que pagarle la minuta. Es aconsejable que pactes con el abogado lo que te va a cobrar, no sea que luego te lleves una sorpresa. Ve a un abogado especialista en arrendamientos urbanos.

    Como dice un abogado por estos lares, es mejor un mal acuerdo que un buen pleito.

    • Respondido por: Crazyh
    • Hace 13 años
  • wueno

    casero/a

    Crazyh, José Manuel, muchas gracias por el consejo, mañara iré a un abogado.

    podeis decirme cuanto puede durar el proceso hasta el desalojo de la casa.

    mil gracias

    • Respondido por: wueno
    • Hace 13 años
  • Crazyh

    Crazyh

    profesional

    El titular del contrato es el único responsable, no puede pedir nada a otra persona. Eso sí, si va a juicio y es declarado insolvente, la condena es a perpetuidad, no sólo a 15 años, y en cuanto tenga bienes o una nómina podrá pedir el embargo por lo adeudado ( por ejemplo, en el caso de que tuviera una herencia)

    Vaya a un abogado a que le redacte un burofax y empezar un proceso de desahucio por impago.

    • Respondido por: Crazyh
    • Hace 13 años
  • manuel josé

    casero/a

    Hay maneras de lograr sentencia de mensualidades debidas, juicio monitorio, juicio verbal pero  para recuperar la vivienda hay que ir al desahucio por impago. saludos,

  • manuel josé

    casero/a

    Solo es responsable el titular del contrato. Por eso a  veces es conveniente que sean varios los titulares. Más garantias de cobro. Una  persona no se declara insolvente. Solo un juez puede declararla insolvente pero si tiene deuda pendiente cuando tenga propiedades, nóminas, ( no pasados 15 años), se puede pedir ejecución de sentencia y exigir el pago.

    Envía un burofax con acuse de recibo y certificación de texto comunicando la deuda y pidiendo se pongan al dia en el pago en el plazo de 6 dias, que si transcurrido UN MES de la fecha del burofax sin efectuar el pago presentarás demanda judicial y no podrás efectuar dicho pago, no te lo acepta el juzgado e irás al desahucio, con el correspondiente DESALOJO  de todos los del piso y  se quedará  fuera de la vivienda además de gastos de abogado,procurador,costas judiciales.  Muchos gastos.  Es la unica solución. Si quieren pueden estar en el piso 5 años, si no los demanda por impago.  Vaya buscando abogado y procurador por si antes  del plazo de un mes  no pagan. saludos, 

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