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¿O sólo puede pedirlo el dueño? ¿y luego -También legalmente-, si el inquilino ha pedido la inspección está obligado a mostrar al dueño el Certificado de la Cédula de habitabilidad?
gracias mil.
Si se refiere a la cédula de habitad de Catalunya, única Comunidad que al parecer la tiene regulada, debe preguntar en el departamento competente en materia de vivienda. Aun así, la acreditación de las condiciones recae sobre el solicitante, que tendrá que aportar el informe técnico correspondiente, y a su costa.
¿Qué inspección es esa? porque no existe organismo que se dedique a inspeccionar viviendas para acreditar condiciones de habitabilidad, salvo en las viviendas acogidas a algún régimen de protección oficial. Si no es así, tendrá que solicitar a un técnico particular que elabore un informe del que podrá hacer el uso que crea conveniente.