Actualmente no se publican nuevas preguntas y respuestas en La Comunidad, que queda accesible únicamente como página de consulta.
No sé si me afecta la Ley 4/2013 de 4 de junio o no
Azahar3: si le afecta. La duración mínima del contrato de su inquilino es de 3 años (a opción del inquilino).
Pero tiene Ud. un pequeño mal entendido, y es que cuando finalice ese plazo de 3 años, no tiene por qué hacer nada para renovar el contrato, ya que se renovará automáticamente (si no hacen nada) un año más y después seguirá renovándose por tácita reconducción.
En resumen, esa "renovación" es voluntaria para ambas partes: si quieren puede renovar, si no quieren no renuevan, y si ni Ud. ni el inquilino hacen nada el contrato se renovará automáticamente un año más y después si siguen sin hacer nada, mediante tácita reconducción.