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El inquilino no ha pagado el alquiler y el propietario no quiere tomar el riesgo de que le vayan a dejar MAS facturas impagadas de agua (la luz se la corto la compañía hace unos dias pero el muy astuto se ha enganchado, ya denunciaremos ante la compañía).
La clausula del contrato dice lo siguiente:
6.- SUMINISTROS Y GASTOS.
Serán por cuenta del arrendatario, los gastos de electricidad, agua y de cualquier otro servicio de que se pudiera dotar a la vivienda. El inquilino será responsable de las reparaciones o sustituciones del mobiliario causadas por negligencia de su parte, de lo contrario el arrendador cubrirá dichos gastos
El pago de Comunidad, IBI y basura serán por cuenta de la parte arrendadora.
Puede el propietario dirigirse a la empresa de Agua y solicitar que se de de baja su contrato? o es necesario que el inquilino de su aprobacion (que obvio no la dara ahora, pero que en realidad la dio cuando se firmo su contrato y esto tiene que prevalecer )
Sus consejos/opiniones son bienvenidos
El arrendador no puede dar de baja el agua, mucho menos cuando lleva tanto tiempo en esa misma situación.
Dar de baja el agua deja la vivienda en una situación de inhabitabilidad, y además puede incurrir perfectamente en un delito de coacciones.
Gracias Oscar, el objetivo es que el Okupa (pues inquilino dejo de ser al tener deudas y no salirse) por lo menos pague SUS gastos de agua y es que si no le cortan el suministro el no lo hara (como no lo ha hecho con la compañía pero ya es algo mas complicado "enchufase" al agua) La firma en el contrato de alquiler es prueba de que por escrito el inquilino esta de acuerdo en hacerse cargo de los suministros, no el propietario.
Tiene esa autorización por escrito.
Si no la tiene, yo no daría de baja el agua, ya que lo pueden demandar por presiones para que abandone la vivienda.
Si no paga el alquiler, lo mejor es que acuda a un abogado y le ponga una demanda de desahucio. Cuando antes lo haga, antes recuperará su vivienda.
Suerte
Oscar