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Quieren màs de 2000 e. Me estan chantajeando. Les he ofrecido los 800 y 400 màs como compensaciòn. Existe alguna ley q regule esto?
muchas gracias y ojalà me puedan decir algo
Agradezco lo que me comentan.La reserva se hizo in situ,escrito a mano por el de la propia inmobiliaria que era quien trajo al cliente,dice asì:
He recibido de Doña.....con dni.....la cantidad de 800 e en concepto de reserva del piso......propiedad de doña........
FIrmado por las dos partes.NO hay ni fecha ni se puso el dni de la dueña.
Es este trozo de papel vinculante?Si es confirmatorio supongo que si.Si lo llevan a juicio es posible alegar algo?Cuanta indemnizacion puede ser la imputada y sobre todo:¿el juez puede dejarles entrar??Pues es lo que ahora piden o 6000 euros.Esto es de locos.Tanta fuerza puede tener un simple papel como el de arriba ?
Muchas gracias
Hola Mary Lolis:
Quizás la lectura del siguiente enlace la ayude a aclarar sus dudas:
http://blog.enalquiler.com/2010/guias-alquiler-pisos/reserva-piso-en-alquiler/
Reciba un cordial saludo
Despacho Armando García Fernández.
Email:: armandogarcia@ical.es
pido disculas si hay malinterpretaciones a lo que he escrito...por supuesto Pedro es el experto y ha demostrado con creces que sabe lo que dice...yo he puesto lo que me explicó ese abogado porque yo misma le pregunté y me dijo que las reservas de una vivienda en alquiler nunca son arras, si no es asi, repito, siento que haya malentendidos.
Por alusiones, sugiero a Javierp y Marilolis la lectura de esto: http://pedrohernandezabogado.blogspot.com/2009/06/arras-o-senal.html y como bien dice Crazhy en estas materias nunca hay afirmaciones tajantes, salvo que vengan escritas en una sentencia judicial firme.
PHOLMO ( abogado que participa activamente en esta web) ha explicado en numerosas ocasiones en este blog los tres tipos de "reservas" que hay y lo que normalmente estipula un juez, con lo que la "aseveración tajante" que das a entender que te dieron, mari lolis, no me parece en absoluto acertada.
Fijate que en mi anterior comentario ya lo empiezo con "normalmente". Lo que está claro es que solucionarlo por la via judicial le va a costar más de 800€
hace poco hablé con un abogado especializado en arriendo sobre estos casos y me dijo que las pagas y señales para alquiler no son arras, por lo que si el casero se echa atras debe de devolver esa cantidad y nada más y que si el inquilino se echa atras pierde lo entregado.
Normalmente es el doble de las arras. En su caso serian los 800 que le han dado más otros 800
Depende de lo que haya firmado usted. Si figura que es una señal a cuenta de hacer un contrato y uno de los dos cambia de idea según la ley el arrendador debe devolver el importe duplicado y si es el otro pierde la señal.
Depende de como lo hayan redactado. Si no hay nada firmado, nada de nada.
Si fuera al revés y el inquilino cambiara de idea tampoco le gustar´çia pues diría a otros que estaba alquilado pudiendo alquilar. saludos,