Francisco me temo que no conoce bien la Ley de Arrendamientos Urbanos, debería leer
EL DECALOGO DEL CASERO Si se trata de la vivienda de su inquilino, no puede hacer un contrato temporal, su inquilino tiene derecho a prorrogar ese contrato hasta que cumpla tres años. Si no le han pagado el alquiler debería olvidarse de comunicaciones y ponerle un desahucio por falta de pago, mientras mas tarde más larga se le hará la espera. Lea esto
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