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Mis inquilinas se van por capricho, han de cumplir esto que firmaron?
El presente contrato tendrá una duración de un año a contar desde el día 1 de Mayo de 2012. Llegado el día del vencimiento del contrato, éste se prorrogará por plazos anuales, salvo que el arrendatario o el arrendador manifiesten con un mínimo de 60 días de antelación la terminación de dicho contrato.
El inquilino podrá desistir del contrato, en cualquier momento de su vigencia, siempre que dé el correspondiente preaviso por escrito, al arrendador con una antelación mínima de dos meses.
La fianza de 1.300€ servirá como tal una vez terminado el contrato, y también, decidido libremente por ambas partes, para el caso de cualquier tipo de impago por parte de los inquilinos, restándose del mismo la cantidad proporcional al dicho impago, una vez demostrado que lo haya.
Muchas gracias, Ana
El contrato finaliza el 1 de abril, así que es incompatible con lo del preaviso de dos meses, ya que la ley impera sobre esa chapuza de contrato y el aviso a dar es de 30 días, siempre que coincida con la finalización de dicho contrato.
Lo más divertido es que, para demostrar algo, hay que acudir a un juzgado, con lo que es hasta posible que dejen de pagarte para que te cobres de la fianza y tengas que acudir a un juzgado para poder demostrar tal hecho.
Por mucha explicacion extra larga que les des, por mucho entendimiento de los inquilinos, en ese contrato hay, como minimo, tres clausulas nulas, la primera es cobrarse de la fianza, la segunda es que tu puedas tener derecho alguno a que el contrato no quede prorrogado y la tercera es un preaviso de 2 meses.
Deberias leerte lau porque ese contrato, repito, es una barbaridad.
Pedro Martínez
Abogado
5001@icagr.es
No entiendo Pedro Martínez, dónde ves tú el abuso? En avisar 2 mees antes o en pagar con la fianza algo demostradamente impagado? Por supuesto, todo firmado libremente y tras una explicación extra larga. La contestación de ellas fue: lo entendemos perfectamente.
Hola amontoi:
la respuesta a su primera pregunta es afirmativa. En caso de que no preavisen la cláusula no operará.
reciba un cordial saludo.
http://letradosalquileres.es.tl
Madre mía, que desproposito de contrato. Deberias asesorarte antes de firmar semejantes barbaridades que van en contra de lo establecido en la ley de atrrendamientos urbanos.
Hay clausulas abusivas a tu favor que son nulas.
Pedro Martínez
Abogado
5001@icagr.es