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Pues alquilé la 2 quincena de julio, el inquilino me pago 200 eur de adelanto, llega al piso entra , le gusta y me paga el total + la fianza pero luego me llama diciendo que si no hay microondas pues que se va, yo nunca le hable que lo hubiera, el caso es que decide irse y para evitar problemas decido devolverle el dinero que me pagó al entrar + la fianza pero no los 200 eur que pago de adelanto por la reserva, el caso es que ahora me los reclama, no he podido alquilar la 2 quincena de julio y he perdido 600 eur. encima de todo tengo que deberle también los 200 eur de anticipo que me envió por trasferencia ?? como eé me pide alegando que el piso no estaba equipado en condiciones ya que no había microondas y faltaban vasos suficientes !
Muchas gracias por la ayuda.
Hola croco:
Si no existe un contrato escrito o documentación relacionada con el mismo la solución a su problema se torna complicada, pero no insubsanable. Con la transferencia se puede demostrar, al menos, la reserva de la vivienda, por lo que, a falta de más datos, podría ser viable la no devolución de la misma al arrendatario.
Por ello le aconsejo que acuda con brevedad a un/a profesional de la abogacía experto/a en arrendamientos urbanos quien, con los datos que usted aporte, le asesorará sobre la posibilidad que apunto en el párrafo anterior.
Reciba un cordial saludo
Despacho Armando García Fernández.
http://letradosalquileres.es.tl
Email: letradoalquileres@hotmail.com
Email2: armandogarcia@ical.es
en este caso, yo no le hubiese devuelto nada en absoluto y si me ha leído verá que soy bastante reticente a estas cosas, pero hay cosas que claman al cielo.
Haciendo contrato por un mes,dos,tres,( los que sean), percibir en negro 3/4 partes del importe total, el resto entre esos dos,tres meses y una cláusula que a partir del 3ª mes( cuando finaliza el contrato), si continuaran pasarían a pagar mensualmente el TRIPLE DEL PRECIO DE MERCADO.
Todas esas razones que él alegó debiera verlas antes de firmar el contrato. En el contrato se firma que recibe todo en debidas condiciones. No olvide que las palabras las lleva el viento. Si no es comunicación fehaciente ( notarial o burofax con acuse de recibo) no debiera darse por enterada y menos devolver importes. Si todo fué de palabra ¿ cómo demostrar ante UN JUEZ? saludos,