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Buenas a todos:
Estaría interesada en alquilar mi piso por habitaciones, pero no sé el tipo de contrato que tengo que pedir y si en ese caso, podría entrar en el piso si quedan habitaciones libres para enseñar a futuros inquilinos.
¿Cómo debería dividir los gastos de luz y agua? Me imagino que tendría que poner llaves en las habitaciones.
Espero respuesta.
Elena,
el contrato de habitaciones no se rige por la LAU, asique sencillamente aplica codigo civil y superiores.
Al alquilar las habitaciones das derecho de uso de las zonas comunes, pero eso no te impide ir a las zonas comunes para enseñar el piso o para ver como anda, incluso (aunque esto suele mosquear bastante y hace que la gente se vaya).
Deberias poner llave en la habitación, si; y esa zona si que es inviolable.
En los contratos deberias especificar que se trata de alquiler de habitración, de que habitación se trata (detallado para evitar sorpresas),lo que tiene la habitación y el derecho a las zonas comunes y lo que hay en ellas.
ten en cuenta tambien que si firmar por x meses ese trato fuerza a ambas partes. Es importante que ellos tambien lo entiendan; porque parece que la gente que alquila habitaciones tiene a pensar que se pueden ir cuando quieran; cosas de la ignorancia.
Te recomiendo tambien que pidas una fianza, almenos de un mes.
No es mala idea que te lo redacte un abogado especializado; por menos de 100e deberian poderlo hacer.
Saludos,
Pablo.