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Aunque el contrato se haga por un año prorrogable ¿Es cierto que si el inquilino cumple sus obligaciones puede prorrogarlo hasta cinco años ?
Ah, si el piso está sin amueblar, será muy difícil alquilarlo por temporada... Nadie va a amueblar una casa en la que va a permanecer unos meses...
Si se trata de un arrendamiento de vivienda, es cierto, la lau contempla prórrogas anuales de hasta 5 años, optativas para el inquilino y obligatorias para el casero.
Otra cosa es que alquilaras a un maestro, un becario, un trabajador trasladado por x meses, un estudiante.... en fin, personas que tengan su domicilio habitual en otra parte, y para las cuales, tu piso, sea un arreglo temporal.
Pero que sepas que no vale hacer "trampa" en esto, porque si pretendes camuflar un contrato de vivienda bajo un contrato de temporada, saldrá a la luz, y al final el inquilino se quedará 5 años.