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Tengo un piso a nombre de mi empresa pero como esta no va bien lo he alquilado como vivienda por 5 años de los que ya llevan casi 3.
Me he quedado sin casa por embargo del banco. puedo pedirselos a los inquilinos para vivir mis hijos y yo?
Puede pedirselo, pero dependerá de lo estipulado en el contrato.
Art 9.3 LAU. No procederá la prórroga obligatoria del contrato cuando, al tiempo de su celebración, se haga constar en el mismo, de forma expresa, la necesidad para el arrendador de ocupar la vivienda arrendada antes del transcurso de cinco años para destinarla a vivienda permanente para sí o sus familiares en primer grado de consanguinidad o por adopción o para su cónyuge en los supuestos de sentencia firme de divorcio o nulidad matrimonial.
Le sugiero acudir a un abogado.
Debes seguir las directrices de tu abogado,que pienso debes de tener