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no me paga la luz que está a mi nombre y en mi cuenta domiciliada. He pensado en cortar la luz ¿que consecuencias me puede acarrear como propietaria? La tengo demandada.
Tu no puedes cortar la luz, pues podría poner una denuncia contra tí, y el juez le daría la razón. Los servicios públicos hay que cambiarlos a nombre del inquilino el dia justo que empieza a vivir en la vivienda, y domiciliado a su cuenta. Solo te queda la opción de iniciar un juicio por desahucio, por falta de pago, y una vez terminado, podrás reclamar junto a la deuda y las costas el importe de las deudas por servicios. Otra solución cuando tengas la sentencia, es pedir a la compañía, mediante la sentencia de desahucio, pesdir que reclamenn al inquilino.