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He firmado un contrato con Obra Social.
En el contrato especifica que hay incidencias en los suministros y que no se cobrará la renta a nadie hasta que se solucionen.
Han pasado 8 meses y no se puede contratar la luz, el ascensor no ha funcionado nunca, el parking no tiene los permisos para aparcar etc.
Con todo esto pido la resolucion y me dicen:
Renúncie vd. a todos sus derechos y se podrá marchar sin penalización por incumplimiento contractual.
Yo he pagado gastos en este piso sin vivir, por ejemplo me di de alta en al agua 300€, 8 meses de fijo del agua .150 €.
esto se lo quiero reclamar,pero no me hacen ni caso.
A todo esto la propiedad nos dice: pueden seguir vds. con la luz de la obra.
No entiendo bien lo de que ha pagado ese piso sin vivir. ¿ Por qué?
De todas formas, lo que parece, es que está alquilando una vivienda que aún no tiene la cédula de habitabilidad ( o equivalente) por ser obra nueva, con lo que no ha pasado la inspección y no se puede arrendar. Acuda a un abogado especialista en arrendamientos urbanos con toda la documentación que pueda aportarle para que pacte una indemnización, una finalización, o incluso una demanda a la constructora por daños y perjuicios.
Hola,
Si usted firmó con esas condiciones no puede reclamar nada, si le dan la posibilidad de renunciar a sus derechos y por ello no le denuncian, no es una mala opción, ya que usted está incumpliendo el contrato. Seguramente tampoco le devolverán la fianza.
Si no está de acuerdo, la única opción es acudir al juzgado con un abogado.