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Hola, tengo intención de vender un piso que tengo alquilado. El piso lleva alquilado 5+2 y le queda 1 año. Le hice una prorroga de 3 años que finaliza dentro de 1 año.
por lo que tengo entendido después de 5+3 tendría que hacer un contrato de 5 años con nuevas condiciones.
como mi intención es vender, no se si podría hacer prorrogas de 1 año en 1 año.
no me interesa vender con inquilino dentro porque es mas difícil vender, y hay que bajar mucho el precio.
si esto no se puede hacer , se podria hacer contratos de 1 año por ser el piso amueblado?
Mordav. No se crea todo lo que lee
si el contrato es de cinco años, se prorrogar'a por 3 m'as. Como los dem'as. Y luego, por la t'acita.
saludos / Papeleos Alquiler.
Mordav. No se crea todo lo que lee
si el contrato es de cinco años, se prorrogar'a por 3 m'as. Como los dem'as. Y luego, por la t'acita.
saludos / Papeleos Alquiler.
Muchas gracias a todos, habeis resuelto todas mis dudas.
os doy un 10. Gracias.
Amparo ha dado en el clavo, a partir del octavo año y conforme a las previsiones del Código Civil el contrato se prorrogará por la tácita año tras año.
Tengo dudas al ser el contrato de 5 años. Y no poner contrato de 1 año prorrogable hasta 5.
he leido opiniones diferentes de diferentes abogados, unos dicen que si el contrato es unicamente de 5 años, se renovara 5 años.
En su caso, al haber pactado una renta anual, La tácita significa prórrogas anuales, pero sin firmar nada. (por eso se llama tácita)
saludos - Papeleos Alquiler.
en el contrato no tengo ninguna clausula renunciando a la tacita reconduccion.
tengo una clausula de duracion que dice:
1ª El plazo de duracion del presente contrato es de cinco años y comienza a regir el dia 1 de septiembre de 2005"
En el contrato de arrendamiento de finca urbana de clase 9 , en condiciones de contrato pone durabilidad 5 años por el precio de 4.800 eur que se pagaran en cuotas mensuales de 400 euros.
con estas clausulas ,acojiendome a la tacita de reconduccion ,se me renovara año a año?
Hola mrodav:
coincido con la respuesta de mi compañero Pholmo y le sugiero la lectura del siguiente enlace.
http://letradosalquileres.es.tl/Duracion-del-contrato-de-arrendamiento-de-vivienda.htm
Reciba un cordial saludo
Despacho Armando García Fernández.
Email:: armandogarcia@ical.es
El que se trate de un piso amueblado o no no afecta a la duración del arriendo.
en la situación que describe y dependiendo de la redacción que en su día dieron a la clausula de duración del contrato actualmente en vigor, pudiera convenirle que dicho contrato se vaya prorrogando por la tácita, salvo que el inquilino le pida un nuevo contrato.
http://www.pedrohernandezabogado.com/
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