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La fianza y los 15 días de Febero los abonó a la firma del contrato.
El mes de Marzo, comenzó a alegar que aú no le habian debuelto la fianza del anterior alquiler y que pagaría mas tarde, así lo hizo con 2 entregas parciales, una el día 10 de Marzo (150€), y la siguiente el día 30 de Marzo (350€), dejando pendiente para mas adelante el pago del recibo de la luz.
El día 26 de Abril abona el recibo de la luz y 100€ de la mensualidad de Abril, a fecha dehoy 16 de Mayo no ha vuelto a abonar ninguna cantidad y no contesta al tlef. no abre la puerta del domicilio aunque hay ruido en el interior hasta que mira por la mirilla de la puerta y entonces se hace el silencio.
En el contrato una de las clausulas dice"Los servicios de Gas, Electricidad, Teléfono, y cuales quiera otros que pudieran ser susceptibles de individualización mediante contadores individuales serán por cuenta del arrendatario, que deberá contratarlos por su cuenta con las empresas suministradoras".
¿Como debo actuar?
Javier Diez;
Gracias por la información, creo que lo dices con el corazón, pero eres único dando animos, despues de ver que he sido tonto me lo haces ver con mas claridad. muchas gracias.
Vivo en un pueblo de la sierra y el juzgado al que pertenece la zona es la de Alcobendas, por eso he pedido si alguien sabe de algún abogado por la zona que esté familiarizado con estos procesos.
Gracias de nuevo.
En el contrato una de las clausulas dice"Los servicios de Gas, Electricidad, Teléfono, y cuales quiera otros que pudieran ser susceptibles de individualización mediante contadores individuales serán por cuenta del arrendatario, que deberá contratarlos por su cuenta con las empresas suministradoras".
Como comentó que no habia recibido la fianza del anterior alquiler, hice lo que no se debe hacer nunca ser debil, y confiado, pero viendo que esto comienza a ser habitual, y ahora ni siquiera contesta a las llamadas ni abre la puerta de la vivienda para ver cuando realizará los pagos es cuando ya comienzas a pensar que te han tomado el pelo desd la raiz.
Sabeis de algún abogado por la zona de Alcobendas que esté familiarizado con estos temas?.
Muchas gracias de nuevo.
Si en el contrato se pactó que el daba el alta no se como no lo has hecho asi. Si el contrato de suministro es tuyo efectivamente tienes la obligacion de pagar los recibos (aunque luego se los repitas al inquilino). Puedes ir a la compañia a cambiar el sistema de pago (pago por ventanilla) y notificarselo de forma fehaciente al inquilino, de forma que las facturas van al domicilio para que las abone directamente el inquilino.
Date prisa, un desahucio en mesos de 6 meses es dificil de ver.
Pedro Martínez
Abogado
Muchas Gracias Pedro.
¿Cuanto tiempo puede durar esta situación hasta que se le pueda echar de la vivienda?.
Hay alguna forma de solicitar que cambie la luz y el gas a su nombre?.
Lo pregunto para no ir sumando mas deudas, y no hacer de ONG, pagandole encima los gastos de los suministros que realice.
De nuevo muchas gracias.
Coges tu contrato, pides cita con un abogado de tu confianza y se interpone una demanda en el juzgado. Es la unica forma de actuar si no consigues el pago de buenas y se agota tu paciencia.
Eso si, ten en cuenta que es dificil recuperar las rentas no abonadas por lo que debes darte prisa. Un impago tan temprano siempre iene mala pinta.
Pedro Martínez
Abogado