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teresa valcarcel

casero/a

Penalización por no agotar el año natural entero sólo el 1º año
Mis futuros inquilinos me dicen q. meta cláusula que sólo se les penalizará el primer año por no pagar . el año natural entero, el resto de los años sólo cumplirán el preaviso (60 días) y podrán no agotar el año.
Podemos meter que si es así entonces el preaviso será a partir del 1º año de 90 días y dejarán entrar a posibles inquilnos a ver la vivienda?, Lo digo porq. no tengo claro si prevalece lo que ponga el contrato o lo q. contemple la ley en caso de una demanda.
muchas gracias
  • Preguntado por: teresa valcarcel
  • Hace 15 años
  • Categoría: Caseros
Respuestas (1)
Amparo BB ha sido el primero en contestar
  • Amparo BB

    Amparo BB

    profesional

    La ley permite que pactéis libre desistimiento (para el inquilino).
    Respecto a lo que dices de que dejen entrar a posibles futuros inquilinos en la vivienda ... no sé yo qué pasaría si luego dicen que no.
    Tendríais que hacer muy bien esa cláusula, condicionando el desistimiento sin penalización a que permitan mostrar el piso una tarde por semana, y que si no lo permitieran el desistimiento tendría una penalización por ejemplo de 2 mensualidades.
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