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Contrato de hace 31 años
Parece que se trata de un contrato anterior al año 1.985 y por lo tanto con prórroga legal. Cabe subrogación del cónyuge hasta el fallecimiento de éste, o por dos años de un hijo que haya convivido con el titular del contrato.
Le aconsejo que acuda con su contrato a un abogado para que le asesore sobre la medida a tomar. Tendrá que comunicar el fallecimiento y la persona que se subrogue en el contrato, si fuera posible.