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Ellos han alquilado otro piso al que no pueden entrar hasta el día 16 y no me importa que se queden hasta el quince pero no sé que documento utilizar para hacer constar esos 15 días, no sé si quizá un anexo....
Por favor, necesitaría que alguien me lo pudiera aclarar cuanto antes. Muchas gracias y un saludo.
Si el contrato no ha finalizado finalizado, yo entiendo que si es conveniente el anexo, tanto para el arrendatario como para el arrendador ya que en dicho anexo se especifica una fecha cierta para la resolución del arrendamiento y todo ello para que no se puedan reclamar mutuamente en caso de que cambie alguno de opinión y quiera que el contrato siga.
Hola:
Coincido con la respuesta de mi compañero Pedro.
Reciba un cordial saludo.
Si el contrato no hubiese finalizado tampoco cabe un anexo a ese contrato.
pedro Martínez
Abogado
5001@icagr. Es
El texto de la consulta se puede interpretar en doble sentido ( que el contrato terminará o que el contrato ya ha terminado)
Para aclaración de la consultante, de las cuatro respuestas anteriores, las dos primeras corresponden a la primera interpretación y las dos últimas, a la segunda.
Entre unas y otras, Estrella, escoja.
Hola Estrella:
Coincido con la respuesta de mi compañero Pedro.
Reciba un cordial saludo.
Si hay un documento que da por finalizada una relacion contractual no tiene ningun sentido un anexo al mismo que diga exactamente lo contrario.
habra que finalizarlo en la fecha en que efectivamente termine.
pedro Martínez
Abogado
5001@icagr. Es
Si, a mi juicio, con un anexo sería más que suficiente. Estoy de acuerdo con Piscis
Con un anexo indicando que a solicitud del arrendatario el contrato terminará el día xx