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Yo he tenido la casa alquilada durante años pero nunca he hecho lo del modelo 806. Y ahora mi duda es la siguiente: la fianza solo la puede retirar el propietario de la vivienda o el inquilino puede ir en cualquier momento y retirarla?
¿Y si el inquilino finaliza antes su contrato como se retira la fianza?
Muchas gracias a todos de antemano
Cuando se cumpla o rescinda el contrato se presenta el modelo 810 en hacienda junto con la copia del contrato, por si te la piden y justificante del 806 del ingreso de la finaza. Te dan una copia sellada y en un plazo máximo de 30 días te ingresan el importe en el número cuenta que tú indiques en dicho modelo (810)
El depósito de la fianza lo hace o lo suele hacer el porpietario por lo tanto solamente él podrá retirarla.
Pedro Hernández del Olmo, abogado
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