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Voy a tratar de explicarme hay confusion. Hice un contrato de arrendamiento en junio, clausulas habituales con fecha de finalizacion 11 meses , entrega de llaves y en perfecto estado revisado por inquilino sin problemas despues de su lectura. a los diez dias mas o menos me dice que hay que reparar dos cosas, mando 2 operarios que lo arreglan despues de quedar hora y dia que es complicado con ellos porque son especiales con las horas. Arreglado y a mi costa aunque una de las averias me dijeron la habian forzado. Hace unos dias le comunico que un abogado con cliente extranjero quieren ver la casa para comprar, condicion mia aceptar al inquilino y su contrato hasta finalizar el mismo ,como es para invertir, pues bien. Se lo comunico y explico acepta la visita. Ahora me manda un sms diciendo que se van con menos de un mes,le comunico que no tengo ningun problema en que se queden hasta finalizar el contrato no contesta. ¿ que hago? Creo he sido buena casera n he ido nunca.
Antes de abandonar un alquiler sin cumplir el plazo pactado o cualquiera de sus prórrogas conviene recordar el viejo brocardo, pacta sunt servanda –los acuerdos han de ser cumplidos-, y también, mientras no se modifique, que tan obligatorio es para el casero mantener al arrendatario en el disfrute de la vivienda o local por el tiempo pactado, como para éste pagar la renta correspondiente a ese periodo de tiempo.
Por lo tanto aunque en el contrato no se especifique el pago de indemnización para el inquilino que decida romper unilateralmente el contrato sin cumplir el plazo pactado o cualquiera de sus prórrogas, ello no puede interpretarse como que la misma es inexigible, el arrendador que se ve frustrado en el cobro de los alquileres pactados sin una razón justificada, puede reclamar al inquilino una indemnización por incumplimiento de contrato, el importe de la misma lo determinará el Juez si ambas partes no llegan a un acuerdo previamente.
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