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Wal

casero/a

¿Estoy en mi derecho de no devolverles la fianza cuando no se ha firmado ningún papel de recogida de llaves?

Hola a todos!!

Os explico mi situación. Hasta hace poco tenía unas inquilinas en un piso, pagaban sus mensualidades y no tenía ningún problema con ellas. Pero de repente, de un día para otro, me notifican que abandonan la vivienda. El mismo dia que se marchan, voy a ver el piso ya que han echo la mudanza, pidiendo permiso antes de entrar, para ver como esta el piso.

Cual fue mi sorpresa al ver que todo estaba destrozado, cortinas, muebles,etc... Después de unas semanas recibo una llamada de una de ellas diciendo que tengo que devolverles la fianza antes de 10 días. Comprensiblemente me niego en rotundo ya que eso sera para cubrir los desperfectos. A lo cual recibo amenazas de que me destrozarían el piso.

Despues de otra semana, sorprendido recibo una citacion judicial, por lo penal, por retener la fianza, que además en todo momento está en posesión de la cámara de propiedad.

¿Estoy en mi derecho de no devolverles la fianza cuando no se ha firmado ningún papel de recogida de llaves?

  • Preguntado por: Wal
  • Hace 14 años
  • Categoría: Caseros
Respuestas (17)
Paolau ha sido el primero en contestar
Paolau ha sido elegida Mejor Respuesta
  • Wal

    casero/a

    Bueno, comentaros que al final el juez ha decidido archivar el caso, de manera que si quieren reclamar algo lo deberan hacer por lo civil.

    Muchas gracias por vuestras respuestas.

    • Respondido por: Wal
    • Hace 14 años
  • Wal

    casero/a

    Gracias a todos por responder, me ha servido de mucho vuestra ayuda :).

    No es que no me fíe de mi abogado, es simplemente que me gusta contrastar lo que me dicen, no creérmelo ciegamente.

    De todos modos gracias.

    • Respondido por: Wal
    • Hace 14 años
  • inquilino_ y_propieta

    inquilino/a

    Pues Wal, este es un foro donde intervienen caseros e inquilinos que, por su experiencia, se conocen un poco las leyes.

     

    Aunque también intervienen aquí profesionales, si ya estás en manos de un abogado lo mejor que puedes hacer es hacerle caso a él.

     

    Como has visto, todos te hemos contestado sobre la LAU y sobre como se debe rescindir el contrato y los pasos a seguir. La pregunta que tu planteas (la de si ya han declarado eso, si te pueden denunciar por allanamiento de morada) es un tema muy particular que te debe contestar algún profesional en la materia. Los que no lo somos, te podemos dar nuestra opinión. Pero no sé si eso te servirá mucho...

     

    Vamos, que como te he dicho antes, hables con tu abogado y confíes en el, que es el que mejor te puede ayudar. Y si no confías en él, buscate otro...

  • Wal

    casero/a

    Muchas gracias a todos por vuestras respuestas, me siento muy apoyado por la comunidad :).

    Mi pregunta al respecto Charo, es la que ya medianamente me resuelve Mariomam, que viene siendo si ellas han declarado explicitamente en su "demanda" que abandonan el piso esto supone el cese de contrato?

    Porque mi abogado me comente que no seria muy inteligente por parte de las inquilinas denunciarme por allanamiento si han declarado eso.

    Nose, estoy hecho un lio :S

    • Respondido por: Wal
    • Hace 14 años
  • Charo Calvo

    casero/a

    ¡Hola, Wal!

    Sé que Marioman  se mueve por la buena intención pero recuerda que no puedes hacer inventario de ningún tipo y MUCHO MENOS CON TESTIGOS hasta que no tengas  un documento de entrega de llaves( y por tanto de tu propiedad) firmado por tus inquilinas. Recuerda que hasta entonces es su domicilio y no puedes entrar sin permiso explícito(y llegados a este punto, yo no me conformaría con que me lo dijeran de palabra).

    Un saludo

  • Mariomam

    inquilino/a

    Si el arrendamiento continúa vigente, y entras en contra de la voluntad de las inquilinas en el piso, es allanamiento de morada, y te pueden denunciar por la comisión de un delito ante lo penal. Si entraste pidiendo permiso, no hay delito de allanamiento. Eso sí, hasta que no se solucione el asunto, no vuelvas a entrar en el piso (o al menos no reconozcas que has entrado)

    La fianza sólo se entrega una vez finalizado el contrato y comprobado por tu parte los daños producidos.

    Ahora bien ¿se ha terminado el contrato? En teoría, si ni tú ni ellas os habéis comunicado con una antelación mínima de 1 mes la finalización del contrato, vuestra intención de no continuar con él, éste se prorroga automáticamente(tácita reconducción)... Así, no tendrías que devolverles la fianza (contrato aún vigente), y tendrías que demanarlas por falta de pago de las mensualidades y, si lo deseas, por desahucio (vamos, echarlas del piso). Lo que te recomiendo es que hagas un inventario de todo lo que hay en el piso, junto a los desperfectos,y pidas presupuestos de reparación/reposición. Si tienes testigos, mejor que mejor.

    Por último, si queda constancia por escrito de la voluntad inequívoca de las inquilinos de finalizar el contrato (según tú vendría reflejado en el contenido de su "demanda"), se podría entender que el contrato se extingue o bien por abadono del inquilino, o bien por que ambas partes ( inquilinos y casero) coinciden en dar por finalizado el contrato.

    • Respondido por: Mariomam
    • Hace 14 años
  • Charo Calvo

    casero/a

    ¡Hola, Wal!

    Lo primero que debes saber es que ellas tienen la obligación de cumplir el contrato que tienen firmado en cuanto a tiempo de duración de manera que si se han ido antes de vencer el año en curso (supongamos que el aniversario era en abril y ellas  se han ido en enero) te deben aún esos meses de alquiler.

    A partir de aquí deriba todo lo demás: Tu no puedes entrar en un domicilio ajeno a menos que te den permiso para hacerlo como cualquier otro mortal más ya que, hasta que no finalice el contrato, tu casa es el domicilio particular de tus inquilinas.

    Por otro lado, si no te has visto con ellas y no has firmado un documento de entrega y aceptación de llaves, me pregunto cómo has podido entrar y ver el estado del piso. Te aconsejo que no repitas ese aspecto nunca más ya que tu no puedes entrar hasta que este punto no esté cerrado.

    Y por último, es evidente que la fianza es para cubrir los gastos que se deriven de arreglar los despwerfectos ocasionados por los inquilinos pero tu aún no sabes a cuánto ascienden porquje no has podido ver el estado de tu propiedad, me entiendes.

    Espero que todo se resuelva bien y que te asesores porque creo que, en lugar de devolver la fianza lo que tienes es que reclamar los meses que te deben y la reparación de los desperfectos que no cubra dicha fianza.

    Un saludo.

  • Wal

    casero/a

    Muchas gracias por tu ayuda :) me  ha sido de gran utilidad.

    • Respondido por: Wal
    • Hace 14 años
  • inquilino_ y_propieta

    inquilino/a

    Creo que sería por lo penal en caso de que te hubiesen denunciado por allanamiento de morada (que es delito penado con carcel). Las otras faltas se reclaman con demanda.

    Quizá lo que ha pasado, es que por desconocimiento se han equivocado de via (hay mucha gente que confunde demanda y denuncia; yo misma no sabía la diferencia hasta hace poco).

     

    De todas formas, estas cosas ya son muy particulares. Las deberías consultar con un profesional (abogado) directamente. Además, para responder a las citadiones lo vas a necesitar, asi que bueno, ves a un abogado de confianza y él ya te dirá lo que debes hacer y cómo está t caso de complicado...

     

    Saludos.

  • Wal

    casero/a

    Tengo otra pregunta si me la permitís, cuando fui a declarar, me dejaron ver la denuncia que me pusieron ellas, ya que estaba en mi derecho saber de que me acusaban, i vi que decían claramente que habían abandonado el piso. 

    Esto supone afirmar por su parte que el contrato de arrendamiento ha cesado?

    • Respondido por: Wal
    • Hace 14 años
  • Wal

    casero/a

    Gracias a inquilino_y_propietaria tambien, que se me olvido ponerlo :D

    • Respondido por: Wal
    • Hace 14 años
  • Wal

    casero/a

    Muchas gracias por tu ayuda Paolau, me ha sido de gran ayuda, intentaré negociar con las inquilinas una solución para que esto se acabe.

    Tengo otra pregunta si me la permites, ¿este tipo de disputa, realmente es penal? Cuando fui a testificar la chica que me tomo declaración me menciono que no sabía por qué habian denunciado por lo penal cuando está bastante claro que la denuncia debería haberse hecho por lo civil.

    La verdad es que me quedé un poco sorprendido.

     

    Gracias por adelantado :)

    • Respondido por: Wal
    • Hace 14 años
  • inquilino_ y_propieta

    inquilino/a

    Wal, si no lo he entendido mal, tus inquilinas se han marchado del piso, sin entregarte las llaves, sin firmarte ningún fin de contrato ni nada.

     

    Bien, pues según eso, el problema no es que les tengas que devolver o no la fianza. El problema es que legalmente el alquiler no ha terminado.

    No puedes entrar en la casa hasta que te firmen el fin de contrato (diciendo que renuncian a vivir en el piso y a las prórrogas del contrato). De hacerlo sin ese documento, las inquilinas te podrían denunciar no por no devolverles la fianza, sino por algo peor, por allanamiento de morada. Y digo que es peor porque esto último está penado con carcel.

     

    Pero también, si ellas no tienen el documento de fin de contrato firmado por ti (diciendo que ya el contrato está terminado, que el piso no tiene ningún desperfecto y que no tienen obligación de seguir pagando la renta), pues eso, que no tienen ninguna prueba de que el alquiler ha terminado. Es decir, tu les podrías reclamar el pago del alquiler de esos meses.

     

    Es decir, que sin ese documento, no podéis hacer nada ninguna de las dos partes: ni ellas pueden reclamar la fianza ni tu puedes entrar en el piso.

     

    Otra cosa, para solicitar la devolución de la fianza a la ¿cámara de la propiedad? seguramente también te pidan el documento de fin de contrato.

     

    Vamos, que lo mejor que podéis hacer es juntaros, negociar las cosas y sobre todo entregaros estos documentos. Porque sin ellos os podéis hacer mucho daño los unos a los otros (independientemente de como haya quedado el piso).

     

    Saludos.

  • Paolau

    inquilino/a

    Hay que justificar los gastos ocasionados por los desperfectos con las correspondientes facturas, y es aún más importante, poder probar quién ha ocasionado esos desperfectos. Y esta liquidación debe hacerse en el plazo de un mes desde que se recupera la posesión de la vivienda, ya que a partir de entonces el importe de esa fianza conmienza a devengar intereses..

    • Respondido por: Paolau
    • Hace 14 años
  • Wal

    casero/a

    PD: Añadir que tengo algunos testigos de como quedo el piso.

     

    Gracias por tu ayuda :)

    • Respondido por: Wal
    • Hace 14 años
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