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Soy propietario de una vivienda por la que percibo 400 euros al mes.
mi inquilino vuelve a deber dinero, estamos ya terminando Diciembre y aun no me ha pagado este mes, no es la primera vez que me pasa, asi, por ejemplo Agosto, Septiembre y Octubre me lo pago todo junto a finales de Octubre y después de que "le presionara" para que lo hiciera. Noviembre me lo pago bien. Pero ahora en Diciembre otra vez problemas.
estoy ya muy harto de largas, querria ponerle a la de ya un monitorio, pero el 3 de Enero si antes no ha pagado Diciembre.
querria por si sabeis que me expusierais ejemplos y consejos de como realizar ese monitorio, ya que en principio, al ser una cantidad baja, quiero ponerlo solo yo sin necesidad de abogado ni procurador. ¿algun enlace con formulario/ejemplo/plantilla en que basarme?
por otra parte, la localidad donde se encuentra mi vivienda alquilada, es distinta a la mia, pero de la misma provincia, ¿Puedo presentar tramitalmente la documentación en los juzgados de mi localidad y que den traslado o algo asi? . Lo digo para no tener que ir viajando con los inconvenientes que conlleva.
un saludo
Si gana el juicio de desahucio con condena en costas tiene derecho a cobrar los honorarios satisfechos a abogado y procurador. En el monitorio no hay costas, salvo que acabe en un juicio ordinario (tras oposición de la inquilina) y gane con condena en costas.
Dado que la inquilina tiene un ingreso fijo acabaría pagando aunque fuese poco a poco.
Ok, entiendo tu postura (refiriendome a Eduardo Llanera) pero me gustaria saber una cosa.. si la deuda continua y yo me embarco en tratar de dasahuciar a mi inquilina y en un juicio gano.. ¿pagaria ella lo que me hubiera costado mi abogado y mi procurador?.. vamos cuando se dice "pagar las costas" se refiere también a pagar los gastos de la parte contraria si se pierde... ¿no?.. Es decir yo pago en principio a un abogado pero me gustaria recuperar mi dinero si tuviera yo razón ante el juzgado... ¿como esta esa posibilidad?
Insisto en que ella (afortunadamente para mi) es viuda pensionista y ademas no gana mal.. 14 pagas de 870 euros aprox que tengo y adjunte al monitorio
... Respecto a lo de la ampliación de monitorio... sabes algun enlace con plantilla para hacerlo?.. ya que si no paga febrero pensaba ponerle otro monitorio, ya veremos como reacciona...
Ok, entiendo tu postura (refiriendome a Eduardo Llanera) pero me gustaria saber una cosa.. si la deuda continua y yo me embarco en tratar de dasahuciar a mi inquilina y en un juicio gano.. ¿pagaria ella lo que me hubiera costado mi abogado y mi procurador?.. vamos cuando se dice "pagar las costas" se refiere también a pagar los gastos de la parte contraria si se pierde... ¿no?.. Es decir yo pago en principio a un abogado pero me gustaria recuperar mi dinero si tuviera yo razón ante el juzgado... ¿como esta esa posibilidad?
Insisto en que ella (afortunadamente para mi) es viuda pensionista y ademas no gana mal.. 14 pagas de 870 euros aprox que tengo y adjunte al monitorio
... Respecto a lo de la ampliación de monitorio... sabes algun enlace con plantilla para hacerlo?.. ya que si no paga febrero pensaba ponerle otro monitorio, ya veremos como reacciona...
Solamente un consejo; acuda a un abogado y reclame por vía de desahucio (ahí es obligatorio abogado y procurador), puesto que lo más probable es que el inquilino no le pague se acumulen meses y meses (juicios y juicios monitorios) y siga viviendo en el piso tan pincho.
A nadie le gusta pagar médicos ni abogados pero en ciertos casos somos imprescindibles. La vía que usted ha elegido se le demostrará inútil dentro de varios meses, y entonces tendrá que acudir al abogado, y el procurador le cobrará más pues la deuda será mayor y hará el mismo trabajo.
Si no paga febrero tendrá que presentar una nueva demanda de monitorio, y así sucesivamente, o pedir una acumulación de procedimiento.
Si el inquilino se opone será usted convocado a un juicio verbal, y si la deuda no llega a 900 euros no será obligatorio el uso de abogado ni de procurador.
No puede repercutir los gastos que indica.
Tenga presente que si la parte contraria acude al juicio verbal con abogado (y podría pedirlo de oficio) usted se encontrará contestando las preguntas del abogado contrario y sin poder preguntar al inquilino.
Suerte.
¿Alguien me puede dar una respuesta a lo último que he comentado?
Hola de nuevo, al final ayer 10 de Enero le he metido un proceso monitorio por el mes de Enero (no pago entre el 1 y el 7) basandome en la plantilla de los enlaces que me disteis... lo sellé en decanato de los juzgados de la localidad donde esta el piso... los que me atendieron no supieron decirme nada de cuanto solian tardar ni nada...
¿sabeis que plazo tiene los juzgados para notificarme a mi o que suelen tardar? ... porque claro.. se le va a reclamar el alquiler de Enero.. pero si Febrero tampoco me lo paga supongo que tendre que hacer "copia de todo" cambiando Enero por Febrero y volver a demandar el 8 de Febrero...
Por otra parte, se que si se niega al monitorio he solicitado juicio verbal... si llegaramos a juicio verbal si me gustaria acarrearle costas... aunque fuera la gasolina de mi vehiculo por los desplazamientos, las fotocopias al juzgado e incluso un dia de permiso en el trabajo... ¿sabeis o podeis aconsejar algo respecto a este tema?
Hola The bird: la Sra Amparobb ha interpretado de forma implecable mi anterior respuesta, así que no tengo nada que añadir, reciba un cordial saludo
Si se desplaza a la ciudad domicilio d esu inquilino va al Juzgado y pone el monitorio y luego su inquilino se opone en forma al mismo, deberá acudir al consecuente juicio (oredinario o verbal) con abogado y procurador, salvo que la reclamación sea menor de 900 euros. Por lo tanto es mejor "cortar por lo sano" y entablar con Abogado y procurador un desahucio por falta de pago con reclamación de alquileres.
Gracias por vuestras respuestas. Hola Jan Abogado. ¿Cual crees que seria el mejor proceso para estos casos?